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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación para la Gestión de la Investigación Biomédica de Cádiz –FCÁDIZ, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 19 de diciembre de 2017 tiene entrada en la Consejería de Justicia e Interior escrito de la Fundación por el que se comunica al Protectorado y se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de los estatutos de la citada fundación, contenidos en escritura pública de 1 de febrero de 2016, otorgada ante el Notario don Alberto Moreno Ferreiro, bajo el número 265 de su protocolo, y posterior de subsanación otorgada el día 28 de abril de 2016, ante el citado Notario bajo el número 1.071 de su protocolo.
Segundo. La modificación estatutaria afecta, con carácter general, a la totalidad del texto estatutario consistiendo básicamente en cambios de signos de puntuación, otras afectan a la numeración de los párrafos de los artículos, en otros casos se eliminan referencias masculinizadas a los puestos referidos en los estatutos y se adecuan los miembros del patronato a la estructura actual de los centros y áreas que componen dicho órgano, se efectúa supresión de mención concreta a normas, en previsión de futuros cambios normativos que obligarían a una nueva modificación estatutaria y se unifica el formato de los estatutos. Sin perjuicio de todo lo anterior, es de destacar la modificación que se efectúa en el artículo 9 sobre composición del patronato, en cuanto a los patronos por razón de ostentar las Direcciones Gerencias de los Hospitales Universitarios Puerta del Mar y de Puerto Real, antes unificados y ahora separados nuevamente, así como la supresión de dos patronos designados por dichas Direcciones Gerencias. Así mismo, en el apartado 11 de dicho precepto estatutario se modifica la forma de designación de la Presidencia, antes por acuerdo del patronato y ahora atribuida estatutariamente a la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Puerta del Mar de Cádiz.
Tercero. Al expediente se aporta escritura pública de modificación de estatutos de 12 de julio de 2017, otorgada ante el Notario don Alberto Moreno Ferreiro, bajo el número 2.010 de su protocolo, complementada por otra posterior otorgada ante el mismo Notario el día 14 de diciembre de 2017, por la que se incorpora a dicha escritura certificación del acuerdo del Patronato de 20 de junio de 2017, así como texto refundido de los estatutos resultantes de la modificación estatutaria acordada.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento lo dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Segundo. Consta que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación ha sido comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005 y el 37 del Decreto 32/2008, así como en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) y n) del Decreto 279/2003, deberán inscribirse en dicho Registro la modificación o nueva redacción de los estatutos de la Fundación, así como todos los actos que estén sujetos a comunicación del Protectorado.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005, y el Decreto 32/2008, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, y todo ello de acuerdo con el artículo 10.4 del Decreto 214/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior, modificado por el Decreto 142/2017, de 29 de agosto, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
RESUELVE
Primero. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía la modificación de estatutos de la Fundación para la Gestión de la Investigación Biomédica de Cádiz –FCÁDIZ, formalizados en escritura pública de 12 de julio de 2017, otorgada ante el Notario don Alberto Moreno Ferreiro bajo el número 2.010 de su protocolo, complementada por otra posterior otorgada ante el mismo Notario el día 14 de diciembre de 2017, por la que se incorpora a dicha escritura certificación del acuerdo del Patronato de 20 de junio de 2017, así como texto refundido de los estatutos resultantes de la modificación estatutaria acordada.
Segundo. Ordenar la notificación de la presente resolución a la Fundación y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la Consejera de Justicia e Interior.
Sevilla, 12 de febrero de 2018.- El Director General, Francisco Muñoz Aguilera.
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