Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 09/03/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia e Interior

Resolución de 12 de febrero de 2018, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Municipal de Hombres para la Igualdad y Contra la Violencia Sexista, «FHIVIS».

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Municipal de Hombres para la Igualdad y Contra la Violencia Sexista «FHIVIS», sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El 13 de junio de 2016 tiene entrada en la Consejería de Justicia e Interior escrito de la Fundación, por el que se comunica al Protectorado y se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de los estatutos de la citada fundación contenidos en escritura pública de 30 de diciembre 2005, otorgada ante el Notario don Carlos Bianchi Ruiz del Portal con el número 7.210 de su protocolo.

Segundo. La modificación estatutaria afecta a la redacción de los siguientes artículos:

Artículo 1. Sobre denominación y naturaleza. Siendo de destacar la nueva denominación de la Fundación, en adelante, Fundación Pública Local de Hombres para la Igualdad y Contra la Violencia Sexista, «FHIVIS».

Artículo 3. Sobre régimen.

Artículo 4. Sobre nacionalidad y domicilio. Siendo de destacar el establecimiento de nuevo domicilio en Edificio Colores, «Concejalía para la Igualdad», Avenida Nuestro Padre Jesús Cautivo, núm. 13, planta 2.ª, despacho 1, Los Boliches, 29640 Fuengirola (Málaga).

Artículo 6. Sobre duración.

Artículo 13. Sobre composición del patronato y duración del mandato.

Artículo 14. Sobre reglas para la designación y sustitución de patronos.

Artículo 23. Sobre patrimonio.

Artículo 24. Sobre financiación.

Artículo 29. Sobre modificación de estatutos.

Artículo 31. Sobre extinción.

Tercero. Al expediente se aporta escritura pública de modificación de estatutos de 24 de abril de 2015, otorgada ante el Notario don Joaquín Almagro Anaya bajo el número 590 de su protocolo, incorporando dicha escritura certificación del acuerdo del Patronato de 30 de septiembre de 2013, así como texto refundido de los estatutos resultantes de la modificación estatutaria acordada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento lo dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Segundo. Consta que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación ha sido comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005.

Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportan cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, y el art. 37 del Decreto 32/2008, así como en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) y n) del Decreto 279/2003, deberán inscribirse en dicho Registro la modificación o nueva redacción de los estatutos de la Fundación, así como todos los actos que estén sujetos a comunicación del Protectorado.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005 y el Decreto 32/2008, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, y todo ello de acuerdo con el artículo 10.4 del Decreto 214/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior, modificado por el Decreto 142/2017, de 29 de agosto, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,

RESUELVE

Primero. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía la modificación de estatutos de la Fundación Pública Local de Hombres para la Igualdad y Contra la Violencia Sexista «FHIVIS», formalizados en escritura pública de 24 de abril de 2015, otorgada ante el Notario don Joaquín Almagro Anaya bajo el número 590 de su protocolo.

Segundo. Ordenar la notificación de la presente Resolución a la Fundación y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la Consejera de Justicia e Interior.

Sevilla, 12 de febrero de 2018.- El Director General, Francisco Muñoz Aguilera.

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