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En el marco del Programa Operativo FEDER 2014-2020, la Junta de Andalucía en colaboración con las universidades andaluzas, ha puesto en marcha este programa de actuaciones con objeto de fomentar la realización de proyectos de I+D+i que, por su temática y objetivos, deberán estar necesariamente incluidos en alguna de las prioridades temáticas de la Estrategia de Innovación de Andalucía 2020 (RIS3), en el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020) y en el Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020 (Objetivo Específico 1.2.3. «Fomento y generación de conocimiento frontera y de conocimiento orientado a los retos de la sociedad, desarrollo de tecnologías emergentes»). Los proyectos de investigación deberán seleccionarse mediante criterios de excelencia investigadora.
Con base a lo anterior y conforme al marco común establecido por la Consejería de Economía y Conocimiento se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas para la realización de proyectos de I+D+i por parte de los equipos de investigación de esta Universidad que a tales efectos se constituyan o en colaboración con otras entidades de I+D+i públicas o privadas.
Las ayudas concedidas se destinarán a la realización de las siguientes actuaciones, conforme a las características y requisitos del Objetivo Específico 1.2.3. «Fomento y generación de conocimiento frontera y de conocimiento orientado a los retos de la sociedad, desarrollo de tecnologías emergentes», en los ámbitos de la RIS3 de Andalucía y del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020).
- Proyectos de conocimiento «frontera» y desarrollo de tecnologías emergentes.
- Proyectos de conocimiento orientados a los retos de la sociedad andaluza.
- Programa de fomento de participación en el Programa Marco de la Unión Europea Horizonte 2020 (H2020).
Las actuaciones previstas en la convocatoria objeto de esta resolución están cofinanciadas por el Fondo Europero de Desarrollo Regional y la Junta de Andalucía en el marco del programa operativo FEDER Andalucía 2014-2020.
1. Modalidades de los Proyectos.
Las ayudas previstas tienen como finalidad la realización de las siguientes modalidades y submodalidades de proyectos de investigación:
a) Modalidad A: Proyectos de generación de conocimiento «frontera».
- Submodalidad A1 (proyectos «puente»).
b) Modalidad B: Proyectos de investigación orientados a los retos de la sociedad andaluza.
- Submodalidad B1 (proyectos «puente»).
c) Modalidad C: Programa de mejora de la participación en el Programa «Horizonte 2020».
2. Gestión de las convocatorias.
Las convocatorias serás efectuadas por resolución rectoral de la Universidad de Córdoba, que será publicada en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba (BOUCO) y en la siguiente dirección web del Vicerrectorado de Investigación la Universidad de Córdoba, http://www.uco.es/investigacion/portal/convocatoriasproyectosayudas.
3. Requisitos de los solicitantes.
Los proyectos serán realizados por personal investigador, constituidos en equipo de investigación, dirigidos por uno o dos investigadores o investigadoras principales que asumirán la responsabilidad de la dirección y ejecución del proyecto. En el caso de proyectos con dos investigadores/as principales, la solicitud será presentada por aquella persona que se identifique como interlocutora con el órgano gestor a efectos de comunicaciones y que en todo caso deberá tener vinculación laboral o funcionarial con esta Universidad.
4. Requisitos de los equipos de investigación.
Podrán formar parte del equipo investigador aquellas personas que cumplan alguno de estos requisitos:
a) Estar en posesión del grado de doctor o estar en posesión de titulación superior universitaria, y tener con esta Universidad una vinculación funcionarial o laboral que cubra al menos desde el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes hasta la fecha final del plazo de ejecución del proyecto.
b) Pertenecer al colectivo de contratados Ramón y Cajal de esta Universidad.
c) Ser profesores eméritos, doctores ad honorem y académicos numerarios de esta Universidad.
d) Estar en posesión del grado de doctor o estar en posesión de una titulación superior universitaria, y tener con otras universidades u organismos de investigación andaluces una vinculación funcionarial o laboral que cubra al menos desde el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes hasta la fecha final del plazo de ejecución del proyecto.
e) Ser personal investigador contratado con cargo al proyecto.
5. Solicitudes y plazo de presentación.
Las solicitudes se presentarán en la siguiente dirección web:
https://juntadeandalucia.es/economiayconocimiento/oficinavirtual/
y en el formulario que se habilitará en dicha dirección y que se adjunta como anexo en la presente convocatoria, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba (BOUCO).
6. Plazo de ejecución.
Los proyectos de la modalidad A (proyectos frontera) y B (proyectos retos) tendrán una duración de dos años. Los proyectos «puente» de las modalidades A1, B1 y C tendrán una duración de un año.
El plazo de ejecución de los proyectos se contará a partir de la fecha que se especifique en la resolución de concesión. En todo caso, los proyectos no podrán exceder del plazo establecido para la finalización del Programa Marco Horizonte 2020.
7. Justificación.
Los equipos de investigación ajustarán su ejecución y presentación para su certificación a los hitos necesarios de ejecución y justificación de las actuaciones financiadas con cargo al Programa Operativo FEDER 2014-2020 de la Junta de Andalucía. La acreditación se ajustará, en cuanto a su forma y contenido, a la normativa que se establezca para la verificación y control de fondos europeos para el marco 2014-2020 y a lo dispuesto en la Resolución de 10 de enero de 2018, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se establece el marco común de este Programa.
8. Recursos.
Las convocatorias serán resueltas por Resolución Rectoral, que pondrán fin a la vía administrativa; contra ellas cabrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente pueda presentarse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, según disponen los artículos 4.1, 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un (1) mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con los artículos 112.1, 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Córdoba, 16 de marzo de 2018.- El Rector, José Carlos Gómez Villamandos.
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