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En el marco del Programa Operativo FEDER 2014-2020, la Junta de Andalucía, en colaboración con las universidades andaluzas, ha puesto en marcha este programa de actuaciones con objeto de fomentar la realización de proyectos de I+D+i que, por su temática y objetivos, deberán ser necesariamente incluidos en alguna de las prioridades temáticas de la Estrategia de Innovación de Andalucía 2020 (RIS3), en el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020) y en el Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020 (Objetivo Específico 1.2.3. «Fomento y generación de conocimiento frontera y de conocimiento orientado a los retos de la sociedad, desarrollo de tecnologías emergentes»). Los proyectos de investigación deberán seleccionarse mediante criterios de excelencia investigadora.
Con base a lo anterior y conforme al marco común establecido por la Consejería de Economía y Conocimiento se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas para la realización de proyectos de I+D+i por parte de los equipos de investigación de esta Universidad que a tales efectos se constituyan o en colaboración con otras entidades de I+D+i públicas o privadas.
Las ayudas concedidas se destinarán a la realización de las siguientes actuaciones, conforme a las características y requisitos del Objetivo Específico 1.2.3 «Fomento y generación de conocimiento frontera y de conocimiento orientado a los retos de la sociedad, desarrollo de tecnologías emergentes», en los ámbitos de la RIS3 de Andalucía y del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020).
- Proyectos de conocimiento «frontera» y desarrollo de tecnologías emergentes.
- Proyectos de conocimiento orientado a la resolución de los retos de la sociedad andaluza.
- Programa de fomento de participación en el Programa Marco de la Unión Europea Horizonte 2020 (H2020).
La financiación de las actuaciones previstas en la Convocatoria objeto de esta Resolución, será con cargo íntegro a la transferencia de financiación que ha de producirse a favor de la Universidad de Jaén, mediante Resolución de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología de la Consejería de Economía y Conocimiento, dentro del programa presupuestario «Investigación, Ciencia e Innovación», cuyo montante se cofinancia en el marco del Programa Operativo FEDER 2014-2020 y la Junta de Andalucía.
La supervisión y coordinación de las actuaciones se efectuarán por la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la Dirección General de Investigación y Transferencia del Conocimiento y por la Dirección General de Fondos Europeos de la Consejería de Economía y Conocimiento. La ejecución de las ayudas y su justificación a la Consejería de Economía y Conocimiento se realizará por la Universidad de Jaén. Asimismo, en la gestión de estas convocatorias, les será de aplicación el régimen de elegibilidad de gastos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
1. Modalidades de los proyectos.
Las ayudas previstas tienen como finalidad la realización de las siguientes modalidades y submodalidades de proyectos de investigación:
a) Modalidad A: Proyectos de generación de conocimiento «frontera».
b) Modalidad B: Proyectos de investigación orientados a los retos de la sociedad andaluza.
c) Modalidad C: Programa de mejora de la participación en el Programa «Horizonte 2020».
2. Gestión de la convocatoria.
La convocatoria fijará las bases reguladoras en las que se regularán las características y requisitos de las ayudas; será publicada por Resolución del Rector de la Universidad de Jaén, en la web de Vicerrectorado de Investigación http://www10.ujaen.es/investigacion.
3. Modalidades de participación.
Los proyectos serán realizados por personal investigador, constituidos en equipo de investigación, dirigidos por uno o dos investigadores o investigadoras principales que asumirán la responsabilidad de la dirección y ejecución del proyecto si el volumen de actividad científico-técnica y su carácter multidisciplinar así lo justifican.
Los investigadores principales pueden presentarse en alguna de las siguientes modalidades:
a) Investigador principal consolidado.
b) Investigador principal emergente con vinculación laboral o funcionarial durante todo el periodo de ejecución del proyecto.
c) Investigador o investigadora principal emergente sin vinculación o con vinculación laboral con la Universidad de Jaén igual o inferior a dos años a partir de la fecha de cierre de presentación de solicitudes.
4. Requisitos de los miembros del equipo de investigación.
a) Estar en posesión del grado de doctor o estar en posesión de titulación superior universitaria.
b) Tener con esta Universidad una vinculación funcionarial o laboral que cubra al menos desde el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes hasta la fecha final del plazo de ejecución del proyecto.
c) Ser profesores eméritos, doctores ad honorem y académicos numerarios de esta Universidad.
d) Ser personal investigador contratado doctor con cargo al proyecto.
5. Solicitudes y plazo de presentación.
Las solicitudes se presentarán en la siguiente dirección de internet: https://juntadeandalucia.es/economiayconocimiento/oficinavirtual/, en el formulario que se habilitará en dicha dirección y que se adjuntará como anexo en la convocatoria. El plazo será de 20 días hábiles contados a partir de la fecha que se fije en la convocatoria de la Universidad de Jaén.
6. Plazo de ejecución.
Los proyectos de la modalidad A (proyectos frontera) y B (retos) tendrán una duración de dos años. Los proyectos C (mejora de la participación en H2020) tendrán una duración de un año.
El plazo de ejecución de los proyectos se contará a partir de la fecha que se especifique en la resolución de concesión.
7. Justificación.
Los equipos de investigación ajustarán su ejecución y presentación para su certificación a los hitos necesarios de ejecución y justificación de las actuaciones financiadas con cargo al Programa Operativo FEDER 2014-2020 de la Junta de Andalucía. La acreditación se ajustará, en cuanto a su forma y contenido, a la normativa que se establezca para la verificación y control de fondos europeos para el marco 2014-2020 y a lo dispuesto en la Resolución de 10 de enero de 2018 de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología por la que se establece el marco común de este Programa.
8. Recursos.
La convocatoria fijará los recursos que se puedan interponer de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso ante la Jurisdicción contencioso-administrativa, según dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión, en los supuestos previstos en el artículo 125 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Jaén, 19 de marzo de 2018.- El Rector, Juan Gómez Ortega.
Descargar PDFBOJA nº 58 de 23/03/2018