Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 05/04/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 20 de marzo de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 125/2017.

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NIG: 2906744S20160013485.

Tipo de procedimiento: 991/16.

Ejecución núm. 125/2017. Negociado: B3.

Sobre: Reclamación de Cantidad.

Demandante: Francisco Javier Jerez Palma.

Graduado/a Social: José Luis Terol Alonso.

Demandado/s: Sanalosan, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 125/2017, a instancia de la parte actora don Francisco Javier Jerez Palma contra Sanalosan, sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución del día de la fecha cuya parte dispositiva es:

DECRETO

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO:

Ratificar la declaración de insolvencia total con carácter provisional acordada en decreto de fecha 25.9.2017 respecto de la empresa Sanalosan, S.L., con CIF: B29844966 restando como principal pendiente de abono por la ejecutada la suma de 5.737,43 €; devolviendo las presentes actuaciones al estado de archivo provisional en el que se encontraban.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de Revisión ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el Banco Santander núm. 2955 0000 64 0125/17, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta del Banco Santander ES55 0049 3569 9200 0500 1274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código 30 y Social-Reposición.

El/la Letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Sanalosan, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veinte de marzo de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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