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La provisión de puestos de trabajo del personal laboral fijo de la Universidad de Jaén, se realiza de conformidad con lo dispuesto en el Título II Capítulo 3 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
Finalizados los procesos de traslado y promoción interna y acordadas las plazas vacantes que se pueden ofertar para su cobertura con personal de nuevo ingreso, se hace necesario por parte de este Rectorado, al amparo de lo establecido en el Decreto 230/2003, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén (BOJA de 8 de agosto), reformados mediante Decreto 235/2011, de 12 de julio (BOJA de 28 de julio); y de conformidad con lo establecido en el art. 22 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y en el artículo 75.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y a tenor de lo establecido en la Orden de 16 de junio de 2016, de la Consejería de Economía y Conocimiento de la Junta de Andalucía, por la que se autoriza a la Universidad de Jaén la convocatoria de plazas de personal de administración y servicios, en ejecución de la Oferta de Empleo Público para el año 2016 publicada en el BOJA de 16 de mayo de 2016; convocar oposición para cubrir, mediante contrato en régimen laboral de duración indefinida, las plazas de personal laboral que se indican en la base 1.1 de esta convocatoria, vacantes en la relación de Puestos de Trabajo del personal laboral de esta Universidad, con arreglo a las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas generales.
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de la categoría de Titulado Superior (OTRI).
1.2. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará, en lo que le sea de aplicación, a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BOJA de 23 de febrero de 2004) y las bases de la convocatoria.
Todas las referencias que se efectúan a las diferentes disposiciones normativas, que se contienen en la presente resolución, han de entenderse hechas en la redacción vigente a la fecha de la misma.
1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición, con arreglo a las pruebas y ejercicios que se especifican en el Anexo I.
1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II.
1.5. La selección se desarrollará quedando garantizado, en todo momento, la igualdad de condiciones de las personas candidatas y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito.
La fecha, hora y lugar en que se realizará el primer ejercicio se fijará en la resolución del Rectorado en que se apruebe la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.
1.6. Las funciones que, con carácter general, corresponden a las plazas en relación con la categoría y grupo que se convoca, así como la jornada de trabajo y horario de la misma, se ajustarán a lo que determine el Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas Andaluzas, así como lo determinado en las cláusulas que figuren en el contrato de trabajo, todo esto en base a lo recogido en la respectiva Relación de Puestos de Trabajo.
1.7. Las retribuciones y demás derechos de contenido económico se ajustarán a lo que determina el citado Convenio Colectivo y demás normas de carácter general en materia de retribuciones de personal laboral al servicio de los Organismos Públicos.
1.8. El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en materia de incompatibilidades.
2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Las personas que aspiren a estas plazas deberán reunir los siguientes requisitos:
A) Tener cumplidos los 16 años de edad, y no haber alcanzado la edad de jubilación.
B) Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, o título equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite la homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, u organismo que tuviera reconocida dicha competencia a la fecha de la correspondiente presentación de la solicitud.
C) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
D) No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio en cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitada para el desempeño de las correspondientes funciones.
E) Acreditar nivel B2 de inglés, de conformidad con las tablas de certificados oficiales aceptados por las universidades andaluzas para la acreditación de lenguas extranjeras y su correspondencia con el marco común europeo de referencia para las lenguas. Se entenderá acreditado el nivel B2 de una lengua extranjera a los hablantes nativos de esa lengua que estén en posesión de un certificado de estudios de Bachillerato o titulación afín en su país, así como a aquellos estudiantes españoles que dispongan de un diploma o estudio equivalente al título de Bachiller realizado en lengua extranjera conforme a sistemas educativos de estados europeos (Bachillerato Internacional).
2.2. Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes, manteniéndose hasta la fecha de inicio del contrato.
3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo telemáticamente, cumplimentando, obligatoriamente, la solicitud a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la página web del Servicio de Personal y Organización Docente de la Universidad de Jaén en la siguiente URL: http://www10.ujaen.es/conocenos/servicios-unidades/servpod/procselecpas.
3.1.1. Posteriormente a la realización de la solicitud telemática, se deberá imprimir el documento de solicitud definitiva generado por la aplicación, y una vez firmado se presentará en el Registro General de la Universidad de Jaén o en cualquiera de los lugares previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigida al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Jaén, Campus Las Lagunillas, Edificio Rectorado, 23071-Jaén, dentro del plazo establecido en la presente convocatoria.
3.1.2. Las solicitudes y cualquier escrito de reclamación que presenten las personas aspirantes en otro Registro diferente al general de la Universidad de Jaén, al amparo de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán ser comunicadas en el mismo día de presentación, mediante telegrama, fax (953 212 278), o a la dirección (secpas@ujaen.es), indicando la fecha de presentación, lugar donde se ha presentado, número de teléfono de contacto para el seguimiento de la solicitud y referencia de la plaza que se solicita. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, se habilita el teléfono (953 212 277).
3.2. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magnifico de la Universidad de Jaén en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al del anuncio de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.3. A la instancia se acompañará necesariamente:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Justificante de haber abonado los derechos de examen.
c) Acreditación de la titulación académica o equivalente exigible.
d) Acreditación del nivel de idioma exigido.
3.4. Los derechos de examen de esta oposición serán de 30 euros, que se ingresarán en la Caja Rural de Jaén, Oficina Universidad, número de cuenta ES79 3067 0109 331150653028 a nombre de la Universidad de Jaén: Oposición Titulado Superior (OTRI); o bien mediante transferencia bancaria a dicha cuenta.
En ningún caso la presentación y pago en el banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado anteriormente.
3.5. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Jaén, en un plazo máximo de un mes, dictará Resolución que se publicará en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad de Jaén (Edificio B-1 del Campus de Las Lagunillas), en la que declarará aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. La relación de personas excluidas hará mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad y motivo de la exclusión. Serán excluidas aquellas personas que no aporten la documentación detallada en el apartado 3.3 de esta Resolución.
3.6. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución que se establece en la base 3.5, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Transcurrido este plazo, el Rector de la Universidad de Jaén, en un plazo máximo de dos meses, dictará Resolución que se publicará en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad de Jaén (Edificio B-1 del Campus de Las Lagunillas), en la que declarará aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, recogiendo, a su vez, el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios.
Contra dicha resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación.
3.7. Los derechos de examen serán reintegrados a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de las pruebas selectivas. A tal efecto, será necesario solicitud expresa del interesado en la que deberán figurar inexcusablemente los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta bancaria a donde ha de realizarse la transferencia bancaria de devolución.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
4. Tribunal calificador.
4.1. El Tribunal calificador de estas pruebas estará formado por los siguientes miembros:
Titulares:
Presidente: Don Nicolás Ruiz Reyes. Catedrático de Universidad. Gerente de la Universidad de Jaén.
Vocales: Don Javier Gámez García. Profesor Titular de la Universidad de Jaén.
Doña Rosa Martín Mesa. Funcionaria de la Escala de Gestión de la Universidad de Jaén.
Don Juan Manuel Cano Martínez. Profesor Titular de Escuela Universitaria de la Universidad de Jaén.
Doña María Isabel Torres López. Profesora Titular de la Universidad de Jaén.
Secretario: Don Emilio Valenzuela Cárdenas. Funcionario de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.
Miembros Suplentes:
Presidente: Don Alejandro Castillo López. Funcionario de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.
Vocales: Don Francisco Alberto Díaz Garrido. Profesor Titular de la Universidad de Jaén.
Don Fermín Lucena Muñoz. Titulado Superior de la Universidad de Jaén
Don José Enrique Callejas Aguilera. Profesor Titular de la Universidad de Jaén.
Don Francisco Vidal Castro. Profesor Titular de la Universidad de Jaén.
Secretario: Don Pedro Manuel Serrano Pérez. Funcionario de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.
4.2. La Universidad, a propuesta del Tribunal, podrá designar asesores/as especiales, que se limitarán a informar de las pruebas y méritos relativos a su área profesional.
4.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en los arts. 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
4.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.
4.5. Previa convocatoria del Presidente del Tribunal, se celebrará la sesión de constitución en el plazo mínimo de veinticuatro horas de antelación antes del inicio del proceso selectivo. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto al desarrollo del proceso de selección.
4.6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal y Organización Docente (Sección de Selección y Promoción Profesional), edificio B-1 del Campus de las Lagunillas, de la Universidad de Jaén, teléfono 953 212 277. Igualmente, las cuestiones o dudas de carácter general podrán plantearse al Tribunal a través del correo electrónico secpas@ujaen.es
4.7. Las personas aspirantes serán convocados en llamamiento único por orden alfabético para el desarrollo de los ejercicios, debiendo de ir provistos del documento nacional de identidad o acreditación equivalente para cada una de las pruebas.
4.8. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posea la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Jaén.
4.9. La Presidencia de cada Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio sea corregido sin que se conozca la identidad de las personas.
5. Relación de aprobados/as. Presentación de documentos y posterior firma del contrato.
5.1. Al finalizar cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas, en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad de Jaén (Edificio B-1 del Campus de Las Lagunillas), las listas con las puntuaciones correspondientes conforme al baremo establecido en el Anexo I de esta convocatoria.
5.2. Finalizadas las pruebas, el Tribunal hará público, en idéntico lugar, la relación definitiva de personas aprobadas, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la oposición y la suma total. El número de personas aprobadas no podrá ser superior al número de plazas convocadas, siendo nulas de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario.
5.3. Las personas aspirantes que superen las presentes pruebas selectivas para su contratación como personal laboral fijo presentarán en el Servicio de Personal y Organización Docente de esta Universidad, dentro de los veinte días naturales a aquel en que se hizo pública la relación de aprobados, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad acompañada del original para su comprobación.
b) Fotocopia, debidamente compulsada, de los títulos académicos.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.
d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio, expedido por el/la facultativo/a de la Seguridad Social que corresponda a la persona interesada.
5.4. Quienes, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación no podrán ser contratadas.
5.5. En el contrato que se suscriba se fijará el período de prueba que determina el Convenio Colectivo y tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral dispone.
6. Norma final.
6.1. Las personas aspirantes, por el hecho de participar en esta oposición, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas en todo lo no previsto en las bases, así como para su interpretación.
6.2. La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Jaén, 20 de marzo de 2018.- El Rector, Juan Gómez Ortega.
ANEXO I
EJERCICIOS Y VALORACIÓN
La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo estos eliminatorios.
• Primer ejercicio. Consistirá en el desarrollo de 3 temas del programa que figura en el Anexo II. Se extraerá al azar, mediante sorteo, un tema de cada uno de los cuatro módulos en que se divide el programa. Las personas aspirantes dispondrán de un máximo de 4 horas y 30 minutos para la redacción escrita de los temas elegidos. El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.
• Segundo ejercicio.
Desarrollo de un supuesto práctico relacionado con el programa que figura en el anexo II de entre dos ofertados por el tribunal calificador y aplicado a la gestión, docencia y/o procesos de acreditación de los centros de lenguas universitarios. Los candidatos dispondrán de un máximo de 2 horas para la redacción escrita del supuesto práctico y de una hora para su lectura/exposición oral ante el tribunal. El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio.
ANEXO II
P R O G R A M A
BLOQUE 1: CONTENIDOS GENERALES.
1. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.
2. Decreto 230/2003, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén, reformados mediante Decreto 235/2011, de 12 de julio.
3. El IV Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
4. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en su redacción vigente.
5. Planificación estratégica en las Universidades. Metodologías. Tipos. Desarrollo de proyectos. Instrumentos de planificación y control. El Plan Estratégico de la Universidad de Jaén: elaboración, formulación, implantación, seguimiento y control.
6. El presupuesto. Elaboración y aprobación. Principios presupuestarios. Las técnicas presupuestarias.
7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.
8. El marco para la evaluación y la calidad en la Universidad de Jaén: Programas, actividades y experiencias. Redes internacionales de evaluación y calidad en Instituciones de Educación Superior. La Agencia, Nacional de la Calidad y Acreditación (ANECA): Programas y actividades. La Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación (AGAE): Programas y actividades.
BLOQUE 2: INVESTIGACIÓN BÁSICA Y APLICADA.
1. La Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación. Investigación básica e investigación aplicada. La financiación de la investigación. Pública y privada. Competitiva o concertada.
2. Tipología de actividades de investigación. Proyectos. Difusión. Transferencia. Formación y perfeccionamiento. Movilidad. Infraestructura. Servicios tecnológicos. Otras acciones financiables.
3. Programación de actividades de investigación. Planificación del proyecto. Equipo investigador. Responsabilidad. Proyectos individuales y proyectos coordinados. Grupos de Investigación. Proyectos en cooperación con empresas. Costes Indirectos y Overhead.
4. La gestión de la investigación en las Universidades. Servicios de Gestión y Apoyo a la Investigación. Las Oficinas de Transferencia de Resultados de la Investigación: misión y tipología.
5. Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica. Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.
6. La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Título VII de la Investigación en la Universidad. Artículos 68 y 83.
7. Programas y mecanismos de apoyo a la investigación en el ámbito europeo. Espacio Europeo de Investigación y de la innovación. El Programa Marco H2020 de la Unión Europea: contenidos, estructura e instrumentos. Otros instrumentos de fomento y apoyo a la participación en proyectos europeos en colaboración con universidades. E
8. El Sistema Español de Ciencia-Tecnología-Empresa. Estructura Institucional de la Política Científica y Tecnológica. Agentes que intervienen en el Sistema Ciencia-Tecnología-Industria español.
9. Instrumentos de Política Científica. Plan Estatal de I+D+I. Planes, Programas, Convocatorias. Modalidades de participación e instrumentos. Seguimiento y justificación de ayudas.
10. El Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación 2020, Planes, Programas, convocatorias. Modalidades de participación. Seguimiento y justificación de ayudas.
11. Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento. Tipos, requisitos. Sistema de Información Científica de Andalucía SICA2.
BLOQUE 3: FOMENTO A LA TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO Y ESTRUCTURAS Y HERRAMIENTAS ASOCIADAS.
1. Conceptos básicos sobre Innovación. Tipos de innovaciones. Las dinámicas tecnológicas de la innovación. Actividades que forman parte del proceso de innovación tecnológica. Actividades para la adquisición o generación de nuevos conocimientos. Otros preparativos para la producción y comercialización.
2. Cambios en la visión sobre la relación investigación- innovación. Modelo de sistema de innovación: elementos y relaciones. Los elementos. Las relaciones. El marco legal e institucional. La difusión de los conocimientos. Dinámica de los Sistemas Nacionales de Innovación.
3. Las relaciones entre las universidades y las empresas en el proceso de innovación tecnológica. Tipos de universidades. Tipos de empresas. Las relaciones entre los elementos de los Entornos Científico y Tecnológico: su papel difusor de los conocimientos.
4. La función de transferencia: nuevos requerimientos y procesos. Estrategias y funciones en los procesos de transferencia de conocimiento: una visión desde las universidades.
5. La empresa: absorción del conocimiento y renovación del tejido. Análisis de las barreras existentes en el proceso de transferencia de conocimiento y tecnología: diagnósticos y recomendaciones
6. Agentes del Sistema de Investigación, Desarrollo e Innovación en la Provincia de Jaén. Parque Científico-Tecnológico del Aceite y del Olivar (Geolit). Centros Tecnológicos con sede en la provincia: Centro de Innovación y Tecnología del Olivar y del Aceite, Centro Tecnológico del Plástico, Centro Tecnológico de la Cerámica de Andalucía, Centro
Tecnológico Metalmecánico y del Transporte. Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica (IFAPA).
7. Contratación de I+D. Capacidad de firma y representación. Resolución del contrato. Convenios de colaboración y Acuerdos Marco. Actividades que pueden ser objeto de contratación. Patrocinio de actividades. Cursos de Especialización. Contratos de investigación con Administraciones Públicas. Licitaciones. Garantías. Otras formas de colaboración.
8. Reglamento por el que se regula la Contratación de Trabajos de Carácter Científico, Técnico o Artístico en la Universidad de Jaén, aprobado por Consejo de Gobierno de 21 de diciembre de 2009.
9. Capacidad para suscribir contratos de carácter científico, técnico y artístico. Aspectos económicos de la contratación artículo 83 LOU. Presupuesto. Facturación y fiscalidad.
10. Clausulado del contrato. Las partes. Expositivos. Objeto. Condiciones de aceptación. Responsables. Duración. Emisión de informes. Contraprestación y forma de pago. Confidencialidad y documentos internos. Cesión de resultados y documentos internos. Resolución y modificación del contrato. Responsabilidad derivada del incumplimiento. Jurisdicción y normativa aplicable.
11. La I+D colaborativa: Relaciones Universidad-Empresa. Programas y mecanismos de apoyo a la investigación colaborativa. El Programa de Fomento de la Investigación Técnica. Fomento de la Investigación Colaborativa.
12. Programas relacionados con I+D Colaborativa: Programa Marco H2020, Plan Estatal de I+D+i, Plan Andaluz de Investigación. Convocatorias, Objetivos, modalidades de participación y beneficiarios: Gestión de convocatorias y Ayudas. Justificación científica y económica.
13. La Compra Púbica Innovadora.
14. Plan de Apoyo a la Transferencia del Conocimiento, Emprendimiento y Empleabilidad de la Universidad de Jaén 2018. Programa y Actuaciones.
BLOQUE 4: EXPLOTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN.
1. Titularidad de los resultados de la investigación. Acuerdos de Licencia. Acuerdos de confidencialidad.
2. Reglamento sobre Protección y Valorización de los Resultados de Investigación. Aprobado por Consejo de Gobierno de 21 de diciembre de 2009. Régimen jurídico de la propiedad intelectual e industrial.
3. La protección del conocimiento. Modalidades de protección. Cuestiones relativas a la titularidad del conocimiento. Modalidades de protección de las innovaciones. La titularidad del conocimiento.
4. Patentes y modelos de utilidad. Conceptos básicos. Requisitos de patentabilidad. Materias que no se consideran invenciones. Excepciones a la patentabilidad. Modelos de utilidad. Extensión internacional de la protección conferida por patentes y modelos de utilidad.
5. Contenido general de un documento de patente. Contenido de la descripción. Contenido de las reivindicaciones. Contenido de los dibujos. Contenido del resumen. Documentación necesaria para presentar un modelo de utilidad. Contenido general de un documento de patente a presentar en otros países u oficinas.
6. Tramitación de solicitudes de patente. Tramitación ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). Tramitación ante la Oficina Europea de Patentes. Tramitación de solicitudes de patente en fase internacional al amparo de lo previsto en el tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT). Ciclo de vida de una patente.
7. La propiedad intelectual y los derechos de autor. La protección del software. La Propiedad Intelectual y los Derechos de Autor. Procedimiento para hacer un registro. Convenio de Berna. La protección del software.
8. Concepto de Spin-off académico. Beneficios de la creación de Spin-offs en los centros de investigación. Aspectos básicos en la creación de un Spin-off académico.
9. Consideraciones legales sobre los spin-offs académicos. Marco normativo. Contrato de transferencia de tecnología. Participación de la Universidad en el capital.
10. La estrategia de marketing y la segmentación del mercado. Concepto de segmentación de mercados. Criterios de segmentación. Técnicas de segmentación de mercados.
11. Marketing-mix. Los canales de distribución: concepto y funciones. Tipos de intermediarios comerciales. Factores clave en la elección de un canal de distribución. Estrategias de distribución comercial.
12. Marketing-mix. Decisiones sobre comunicación. La publicidad. La promoción de las capacidades. Las relaciones públicas. El marketing directo. La fuerza de ventas. CRMs.
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