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De conformidad con el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el art. 29 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del Régimen de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa, y habida cuenta de que no han sido posibles la notificaciones al desconocerse los paraderos de los padres del/de la menor S.D.S., don Manuel Delgado Beltrán y doña Eva María Salguero Pérez, se publica este anuncio por el que se notifica Acuerdo de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de fecha 13 de marzo de 2018, adoptado en el expediente de protección núm. (DPHU)352-2018-00001147-1, por el que se acuerda:
1. Iniciar el procedimiento de desamparo con respecto a S.D.S.
2. Declarar la situación de desamparo provisional de S.D.S., nacido/a en Huelva (Huelva) el día 20 de febrero de 2018 y, en base a tal declaración, ejercer la tutela de dicho menor de conformidad con los dispuesto en el Código Civil y la Ley 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
3. Constituir la medida de Acogimiento Familiar de Urgencia del/de la menor que será ejercido por la/s persona/s designada/s en el anexo.
4. El/la menor podrá recibir visitas de sus familiares a través de la Asociación Alcores en los días, horarios y con las condiciones establecidas por la misma a tal efecto.
5. Designar como Instructor/a del procedimiento que se inicia al/a la funcionario/a código núm. 257897.
6. Comunicar el presente acuerdo a las partes interesadas y a los órganos administrativos, de acuerdo con los arts. 22.2 y el 29.1 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero.
Con respecto a los padres o tutores del menor se les comunica que disponen, según el artículo 24.1 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, de un plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo a fin de que pueda presentar las alegaciones y documentos que estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse.
Contra la medida provisional de desamparo acordada podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y, a la adolescencia.
Huelva, 12 de abril de 2018.- El Delegado, Rafael López Fernández.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será el determinante a los efectos de su notificación.»
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