Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 11/01/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 10 de noviembre de 2017, por la que se autoriza el cambio de titularidad a los centros de educación infantil «Las 4 Estaciones II» de Sevilla y «Cuatro Estaciones» de San José de la Rinconada, La Rinconada (Sevilla), así como la nueva denominación específica de «Las 4 Estaciones» para el segundo. (PP. 3445/2017).

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña María José Jiménez Pérez, representante de «Jica Educación, S.L.», nueva entidad titular de los centros de educación infantil «Las 4 Estaciones II» de Sevilla y «Cuatro Estaciones» de San José de la Rinconada, La Rinconada (Sevilla), en solicitud de cambio de titularidad de los mismos a favor de dicha entidad y nueva denominación específica para el segundo.

Resultando que «Las 4 Estaciones II» tiene autorización administrativa para 4 unidades de primer ciclo de educación infantil, por Orden de 24 de febrero de 2011 (BOJA de 30 de mayo), y «Cuatro Estaciones» para 3 unidades de primer ciclo, por Resolución de 13 de mayo de 2004, de la entonces Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros, aparece debidamente acreditada la titularidad de los mencionados centros de educación infantil a favor de «Las Cuatro Estaciones, S.C.».

Resultando que Las Cuatro Estaciones, S.C., mediante escritura de cesión otorgada ante don Alberto Moreno Ferreiro, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, cede la titularidad de los referidos centros a favor de Jica Educación, S.L., que la acepta.

Vistas la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros de educación infantil «Las 4 Estaciones II», código 41017661, con domicilio en C/ San Vicente de Paúl, 8E, de Sevilla, y «Cuatro Estaciones», código 41016051, con domicilio en C/ Madrid, 63, de San José de la Rinconada, La Rinconada (Sevilla), que, en lo sucesivo, la ostentará «Jica Educación, S.L.», que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos, obligaciones y cargas que afectan a los mismos, cuya titularidad se les reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que los centros puedan tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que les correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando ambos centros con la configuración en cuanto a las enseñanzas y unidades a que se ha hecho referencia en el «resultando» primero.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.

Segundo. Autorizar el cambio de denominación específica del centro de educación infantil «Cuatro Estaciones», que pasa a denominarse «Las 4 Estaciones».

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 10 de noviembre de 2017

SONIA GAYA SÁNCHEZ
Consejera de Educación
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