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Notificación de providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las providencias que se indican a continuación. Significándole que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n, 3.ª planta. Edificio Junta de Andalucía. Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.
- Acuerdo de Incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del expte.
- Propuesta de Resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.
- Resolución: 1 mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
- Imposición de Multa Coercitiva: 1 mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
1. Expte. CA/2017/1207/AGMA/EP. Jesús Fernández Aguilar. Sanlúcar de Barrameda (Cádiz). Propuesta de Resolución. Captura de aves insectívoras con artes prohibidas (red abatible, un reclamo electrónico y reclamos y cimeles) sin autorización, habiendo dado muerte a un pardillo, en el paraje conocido como Bonanza, en el t.m. de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa tipificada como tal en: El 1.º de los hechos, en el art. 74.10 de la Ley 8/2003, de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como Grave y sancionable según los art. 74.10 y 82.1.b) del mismo texto legal. El 2.º de los hechos, en el art. 73.1 de la Ley 8/2003, de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como Leve y sancionable según los art. 73.1 y 82.1.a) del mismo texto legal. Propuesta: Se imponga a Jesús Fernández Aguilar, como responsable de la/s infracción/es descrita/s, cuya comisión se considera suficientemente probadas: Sanción de multa pecuniaria por importe de 700 euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: La suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un periodo de un mes.
2. Expte. CA/2017/1249/AGMA/VP. Juan Guerrero Bueno. Arcos de la Frontera (Cádiz). Propuesta de Resolución. Inicio de la construcción de una piscina de 5 m por 4 m, en Dominio Público Pecuario sin autorización, en el paraje conocido como Vías Pecuarias Colada de Algar, en el t.m. de Arcos de la Frontera (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa tipificada como tal en el art. 21.2.b) de la Ley de Vías Pecuarias, siendo calificada como Muy Grave y sancionable según los art. 21.2.b) y 22.1.c) del mismo texto legal. Propuesta: Se imponga a Juan Guerrero Bueno, como responsable de la/s infracción/es descrita/s, cuya comisión se considera suficientemente probadas: Sanción de multa pecuniaria por importe de 30.050,61 euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Demolición de lo ilícitamente construido y restitución del terreno a su ser y estado anterior.
3. Expte. CA/2018/332/GC/ENP. Martín Jiménez Román. Los Barrios (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Portar, en el interior del vehículo en el que circulaba, 2 redes (medio de captura prohibido) para la captura de aves fringílidas, sin la correspondiente sin autorización administrativa, en el paraje conocido como Carretera CA-3208, km 3,1, en el t.m. de Conil de la Frontera (Cádiz). Los referidos hechos podrían ser constitutivos de la/s siguiente/s infracción/es: Infracción tipificada en el art. 26.1.e) de la Ley 2/89 de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según art. 26.1.e) y 27.1.a) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados lo hechos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionables con: Multa: 300 euros. Otras Obligaciones No Pecuniarias: Instar la preceptiva autorización y estar a sus determinaciones.
4. Expte. CA/2018/462/GC/CAZ. Ismael Seijo Jiménez. Conil de la Frontera (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Dejar estacionado un vehículo (6463BVK) en el interior del Parque Natural del Estrecho, entre el ocaso y la salida del sol. En el paraje conocido como Arroyo Alpariate, El Lentiscal, en el Espacio Protegido del Estrecho, en el t.m. de Tarifa (Cádiz). Los referidos hechos podrían ser constitutivos de la/s siguiente/s infracción/es. Infracción tipificada en el art. 74.10 de la Ley 8/2003, de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como Grave y sancionable según los art. 74.10 y 82.1.b) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados lo hechos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionables con: Multa: 610 euros. Otras Obligaciones No Pecuniarias: Puede llevar consigo la suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un periodo de un mes a cinco años.
Cádiz, 25 de abril de 2018.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.
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