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NIG: 2104142C20160008277.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 1667/2016. Negociado: D.
Sobre: Divorcio.
De: Eldy Sonia Bejarano Lacoa.
Procuradora: Sra. Ana María Falcón Muñoz.
Letrado: Sr. Ramón García Montes.
Contra: Alexander Hernández Rodríguez.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 1667/2016 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete (Familia) Huelva a instancia de Eldy Sonia Bejarano Lacoa contra Alexander Hernández Rodríguez sobre Divorcio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Juzgado de Primera Instancia núm. Siete (Familia) Huelva.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 1667/2016. Negociado: D.
De: Eldy Sonia Bejarano Lacoa.
Procuradora: Sra. Ana María Falcón Muñoz.
Letrado: Sr. Ramón García Montes.
Contra: Alexander Hernández Rodríguez.
En la Ciudad de Huelva, a 10 de abril de 2018.
SENTENCIA
Vistos por mí, Andrés Bodega de Val, Juez de Primera Instancia núm. Siete, los presente autos con el ordinal supramentado, sobre solicitud de divorcio, siendo parte demandante doña Eldy Sonia Bejarano Lacoa y en calidad de parte demandada su esposo don Alexander Hernandez Rodriguez, en situación de rebeldía, atendiendo a los siguientes
FALLO
Que estimando la demanda de Divorcio presentada por doña Eldy Sonia Bejarano Lacoa debo declarar y declaro la disolución del matrimonio concertado por doña Eldy Sonia Bejarano Lacoa y don Alexander Hernández Rodríguez, con las consecuencias legales inherentes, declarando extinguida desde esta fecha la medida de esbatimento de pensión de alimentos recogida en la sentencia se separación judicial de 3 de marzo de 2016, dictada en autos núm. 358/2016 de este Juzgado. Sin imposición de costas a las partes.
Notifíquese la presente a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Huelva en plazo de veinte días contados desde el día siguiente de su notificación.
Inclúyase la misma en el libro de sentencias, dejando testimonio bastante en los autos de su razón.
Firme que sea la presente resolución, expídase testimonio al Registro Civil en el que conste la inscripción de matrimonio a los efectos de practicar el asiento registral correspondiente.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo, Andrés Bodega de Val, Juez de Primera Instancia núm. Siete de Huelva.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Alexander Hernández Rodríguez, extiendo y firmo la presente en Huelva, a diecisiete de abril de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»
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