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NIG: 4109133O20140002622.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario núm. 707/2014. Negociado: AA.
De: Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía.
Representante: Don Diego José Crespo Vázquez.
Contra: Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía.
Representante: Letrado de la Junta de Andalucía-Sevilla.
Acto recurrido: Decreto 122/14 modificando Estatutos Agencia de Innovación y Desarrollo.
EDICTO
Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 707/2014, promovido por Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía, contra Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, se ha dictado por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, Sentencia en fecha 24 de octubre de 201, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLAMOS
Que rechazando la causa de inadmisibilidad debemos estimar y estimamos en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía, representado por el Procurador Sr. Crespo Vázquez y defendido por Letrado, contra el Decreto 122/2014, de 26 de agosto (BOJA núm. 171, de 3 de septiembre), por el que se modifican los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía aprobados por Decreto 26/2007, de 6 de febrero, declarando la nulidad de la disposición final que da nueva redacción a los apartados 1 y 2 del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por su disconformidad con el ordenamiento jurídico. Sin costas.
Notifíquese a las partes la presente resolución indicándoles que contra la misma cabe interponer recurso de casación ante la Sala Tercera de Tribunal Supremo, recurso que habrá de prepararse ante este Tribunal en los diez días siguientes a la notificación de la presente resolución.
Así, por esta nuestra sentencia de la que se llevará testimonio a las actuaciones, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.
En Sevilla, a 20 de mayo 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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