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NIG: 0407942C20170004205.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 874/2017. Negociado: C2.
Sobre: Obligaciones: otras cuestiones.
De: Caixabank, S.A.
Procuradora: Sra. Elena Medina Cuadros.
Contra: D./ña. George Rusu y Nelu Florin Moldovan.
Procuradora: Sra. Carmen María Rueda Rubio.
E D I C T O
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 874/2017, seguido a instancia de Caixabank, S.A., frente a George Rusu y Nelu Florin Moldovan se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA núm. 31/2019
En Roquetas de Mar, a 5 de febrero de 2019.
Verónica Torres Piqueras, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de esta ciudad y su partido judicial, ha visto los autos de juicio ordinario número 874/2017 promovidos por Caixabank, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales doña Elena Medina Cuadros y asistida por Letrado, contra Nelu Florin Moldovan representado por la Procuradora Carmen Rueda Rubio y asistido por Letrada, y George Rusu, en rebeldía procesal, sobre vencimiento anticipado, reclamación de cantidad, perdida de beneficio del plazo, tutela de derecho real y resolución de contrato.
FALLO
Estimo la demanda interpuesta por la representación procesal de Caixabank, S.A., frente a Nelu Florin Moldovan y George Rusu y en consecuencia, declaro el vencimiento anticipado de la total obligación de pago derivada del contrato de préstamo con garantía hipotecaria suscrito entre las partes, y condeno a los demandados, de forma solidaria, al pago de la totalidad de las cantidades debidas a la parte actora en concepto de principal e intereses devengados hasta la fecha de la interposición de la demanda, que ascienden a la suma de doscientos diecisiete mil cuatrocientos setenta y cinco euros con cincuenta céntimos, así como los legales desde la interposición de la demanda, y los previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, desde la fecha de la presente resolución. Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.
Y encontrándose el codemandado, George Rusu, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Roquetas de Mar, a veinticinco de febrero de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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