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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 74/2019. Negociado: 2E.
NIG: 4109144S20150008834.
De: Vivien Alicia Caballero Cruz.
Abogado: Pablo José Vizcaíno Bueno.
Contra: Asunción Teran Behin y Fogasa.
EDICTO
Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 74/2019 a instancia de la parte actora doña Vivien Alicia Caballero Cruz contra Asunción Teran Behin sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 16.5.19 del tenor literal siguiente:
DECRETO 371/2019
Letrada de la Administración de Justicia Sra. Araceli Gómez Blanco.
En Sevilla, a dieciséis de mayo de dos mil diecinueve.
El anterior escrito presentado por el Letrado don Pablo J. Vizcaíno Bueno en nombre y representación de doña Vivien Alicia Caballero Cruz, únase a los autos de su razón y,
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Vivien Alicia Caballero Cruz ha presentado demanda de ejecución frente a Asunción Teran Behin.
Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 27.3.19 por un total de 710,81 € de principal más la de 142,16 € presupuestados para intereses y costas.
Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la L.R.J.S. que, de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
Declarar al/a los ejecutado/s Asunción Teran Behin en situación de insolvencia total por importe de 710,81 € de principal más la de 142,16 € presupuestados para intereses y costas , insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S.
El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación al demandado Asunción Teran Behin actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a diecisiete de mayo de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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