Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 04/06/2019

4. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Edicto de 24 de mayo de 2019, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Social de Sevilla, dimanante de autos núm. 12/2018.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00156570.

NIG: 4109134420180000109.

Negociado: K.

Recurso: Conflicto colectivo 12/2018.

Juzgado origen: (ASNJPR).

Procedimiento origen: (ASTPOR) (ASNPOR).

EDICTO

Don Alonso Sevillano Zamudio/Rosa María Adame Barbeta/María del Carmen Álvarez Tripero, Letrada de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Social, sede Sevilla, certifico: En el Conflicto colectivo 12/2018 se ha dictado resolución cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Presidente, Ilma. Sra. doña Begoña Rodríguez Álvarez, Magistrados Ilmo. Sr. don... En Sevilla, a veinticuatro de mayo de dos mil diecinueve. La Sala de lo Social en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía compuesta por los Ilmos Sres. citados y en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia, en el recurso de conflicto colectivo 12/2018 interpuesto contra la sentencia dictada por el (ASNJPR), en fecha, ha sido ponente el Ilmo. Sr. don Luis Lozano Moreno.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de casación para la unificación de la doctrina ante la Sala 4.ª del Tribunal Superior Supremo, el que deberá prepararse en el plazo de los diez días siguientes a la notificación de este fallo.

Líbrese certificación de la presente sentencia para el rollo a archivar en este Tribunal incorporándose el original al correspondiente libro.

Y para que conste y sirva de notificación al demandado, ddo. cuyo actual paradero es desconocido, expido la presente para su publicación el BOP.

Sevilla, a veinticuatro de mayo de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia/la de la Sala.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF