Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 24/06/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Orden de 14 de junio de 2019, por la que se avoca la competencia que se cita en materia de personal.

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La disposición transitoria tercera del Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación establece que las competencias que se encuentren vigentes a la entrada en vigor de este decreto, continuarán desplegando su eficacia hasta que se dicte la correspondiente orden de delegación de competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. Conforme al artículo 2.b) de la Orden de 18 de marzo de 2016, por la que se delegan competencias en las personas titulares de los órganos directivos de la entonces denominada Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, se delegaban en la persona titular de la Secretaría General Técnica, en relación con el personal dependiente orgánicamente de la Consejería, la competencia relativa a declarar las situaciones de servicios especiales en los supuestos contemplados en el artículo 87.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público que sean competencia de la Consejería. Mediante Decreto 492/2019, de 11 de junio, se dispone el nombramiento de nueva titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, resultando necesaria la tramitación de todos los actos necesarios para la formalización del mismo.

En atención a esta circunstancia se hace necesaria proceder a la avocación de la competencia para resolver los actos relacionados con el referido nombramiento.

En virtud de lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 103 y 104 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Avocar la competencia delegada en la persona titular de la Secretaría General Técnica, en relación con el personal dependiente orgánicamente de la Consejería, para declarar las situaciones de servicios especiales en los supuestos contemplados en el artículo 87.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público que sean competencia de la Consejería.

Segundo. La avocación se circunscribirá a los solos efectos de los actos relacionados con la formalización del nombramiento de la persona titular de la Secretaría General Técnica de la referida Consejería.

Sevilla, 14 de junio de 2019

ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ

Consejera de Igualdad, Políticas Sociales
y Conciliación
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