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El Decreto 342/2012, de 31 de julio (BOJA núm. 150, del 1 de agosto), por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 32/2019, de 5 de febrero, establece en su artículo 6.2 que, en caso de ausencia o enfermedad de la persona titular de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, será sustituido por el titular de la Delegación Provincial o, en su caso, por el titular de la Delegación Territorial que designe aquel como suplente.
Estando previstas las vacaciones reglamentarias del titular de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba para los periodos siguientes:
Del 29 de julio al 2 de agosto, ambos inclusive.
Del 16 al 30 de agosto, ambos inclusive,
y atendiendo a los preceptos citados para establecer el régimen de suplencias para los periodos referidos,
RESUELVO
Primero. Asignar la suplencia del titular de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba:
- A la persona titular de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico, del 29 de julio al 2 de agosto de 2019, ambos inclusive.
- A la persona titular de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, el 16 de agosto de 2019.
- A la persona titular de la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, del 19 al 23 de agosto, ambos inclusive.
- A la persona titular de la Delegación de Salud y Familias, del 26 al 30 de agosto, ambos inclusive.
Segundo. Los actos y resoluciones que se adopten en virtud de la presente resolución deberán indicar tal circunstancia.
Córdoba, 28 de junio de 2019.- El Delegado del Gobierno, Antonio J. Repullo Milla.
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