Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 04/07/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Resolución de 17 de junio de 2019, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo, de la bandera y del lema del municipio de Montizón (Jaén).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que éstas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Montizón ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su escudo, bandera y lema municipal de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada ley.

Con fecha 23 de mayo de 2019, el Pleno del Ayuntamiento de Montizón acordó, con el quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la aprobación definitiva del escudo, la bandera y el lema municipal con las siguientes descripciones:

Escudo: «Escudo cuartelado. En el primer cuartel, de gules, una cruz plena de plata cargada con una cruz de Santiago de gules o rojo. En el segundo, de plata, un olivo de tres pies de sinople o verde. En el tercero, de plata, un león rampante, de púrpura, linguado, uñado armado de gules y coronado de oro. En el cuarto cuartel, de gules o rojo, un castillo de oro, almenado, aclarado de azur o azul y mazonado de sable o negro. Bordura de oro con letras de sable “N” en el flanco diestro, “P”, en jefe y D en el flanco siniestro, y Sierra Morena en punta. Al timbre, corona real cerrada.»

Bandera: «Formada por tres franjas horizontales, azul celeste, blanco y azul celeste, siendo la blanca de doble anchura que cada una de las azules. El escudo tendrá una altura de dos quintos de la anchura de la bandera y figurará en el centro de la franja blanca. El eje del escudo se colocará a una distancia de la vaina de media anchura de la bandera.»

Lema: «Montizón. Nueva población de Sierra Morena.»

Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el 10 de junio de 2019, se solicitó por esta Entidad Local la inscripción de su escudo, bandera y lema municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 18 de la expresada ley, según los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y en el apartado d) del artículo 14.1 del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo, la bandera y el lema del municipio de Montizón (Jaén), con las descripciones indicadas y con las imágenes que obran en el expediente.

Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del municipio de Montizón (Jaén) en el mencionado registro, para incluir dichos símbolos municipales.

Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

Sevilla, 17 de junio de 2019.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.

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