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En el marco de lo dispuesto en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y del Decreto 246/2005, de 8 de noviembre, por el que se regula el ejercicio del derecho de las personas menores de edad a recibir atención sanitaria en condiciones adaptadas a las necesidades propias de su edad y desarrollo y se crea el Consejo de Salud de las Personas Menores de Edad, el Servicio Andaluz de Salud busca siempre mejorar la calidad de la estancia de los niños hospitalizados. En este contexto, el Hospital Universitario Reina Sofía pretende favorecer la humanización de los entornos sanitarios a través de intervenciones psicosociales orientadas a promover el juego, la creatividad y el arte como recurso de bienestar para estos pacientes. La Fundación Juegaterapia es una entidad sin ánimo de lucro, constituida en 2012, que tiene como finalidad «Mejorar la calidad de vida de los niños hospitalizados y favorecer la humanización de los entornos sanitarios a través de intervenciones psicosociales orientadas a promover el juego, la creatividad y el arte como recurso de bienestar para estos pacientes». Ambas entidades muestran su deseo de colaborar en la humanización de la atención sanitaria infantil que se presta en el hospital y para ello desean crear espacios de juego y una sala de cine destinada a los pacientes pediátricos ingresados. Entendiendo que se tratan de acciones orientadas a la mejora del servicio público y, que por tanto son de interés general de nuestra sociedad, ambas partes están de acuerdo en que el Convenio entre ambas organizaciones es la forma más adecuada de alcanzar estos fines comunes.
El art. 12.1.g) del Decreto 208/2015, de 14 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, atribuye a esta Dirección Gerencia las competencias genéricas en materia de contratación administrativa, entre las que se incluyen las relativas al establecimiento de convenios de colaboración con otras instituciones. No obstante, el art. 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, permite la delegación del ejercicio de determinadas competencias en otros órganos, cuando razones de oportunidad o conveniencia así lo aconsejen. La Dirección Gerencia del Hospital Universitario reina Sofía de Córdoba ha solicitado la delegación de competencias oportuna a esta Dirección Gerencia para la suscripción de un Convenio de Colaboración con los fines ya apuntados.
Con fecha 27 de diciembre de 2018, esta Dirección Gerencia resolvió iniciar el expediente para la suscripción de este Convenio, que ha sido informado favorablemente por la Asesoría Jurídica del SAS conforme a lo dispuesto en el artículo 50.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por lo expuesto, y en virtud de las facultades atribuidas por el Decreto 208/2015, de 14 de julio, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 26 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
RESUELVO
Primero. Delegar, en la persona titular de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba, las competencias para la suscripción de un convenio de colaboración con la Fundación Juegaterapia, para contribuir a la humanización de la atención sanitaria infantil que se presta en el citado hospital.
Segundo. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de enero de 2019.- La Directora Gerente, Francisca Antón Molina.
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