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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 1055/2018. Negociado: B2.
NIG: 2906744420180013725.
De: Doña Marina Ángel Romero.
Abogado: Don David Armada Martín.
Contra: Don José Carlos Barrera Toscano y Fogasa.
Edicto
Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social numero Siete de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1055/2018, a instancia de la parte actora doña Marina Ángel Romero contra don José Carlos Barrera Toscano y Fogasa, sobre despidos/ceses en general se ha dictado Resolución de fecha 22.7.19 del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda de despido interpuesta por doña Marina Ángel Romero frente a don José Carlos Barrera Toscano con los siguientes pronunciamientos:
1. Que debo declarar y declaro el despido de 8 de octubre de 2018, de doña Marina Ángel Romero como improcedente, declararon extinguida la relación laboral a fecha de la sentencia y condenando a don José Carlos Barrera Toscano la demandada al abono a aquel la cantidad de 1.642,74 euros en concepto de indemnización, 11.698,30 euros de salarios de tramitación y 3.533,67 euros de salario adeudados y 353,36 euros de mora.
Que debo declarar y declaro que Fogasa debe estar y pasar por esta declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Diligencia de publicación. La extiendo yo el Sr. Letrado de Administración de Justicia para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el Ilmo. Sr. Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe.
Y para que sirva de notificación al demandado don José Carlos Barrera Toscano actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a veintidós de julio de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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