Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 23/01/2019

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Extracto de la Orden de 26 de diciembre de 2018, por la que se convocan para el año 2019 las ayudas a la creación de las organizaciones de productores pesqueros, de las asociaciones de organizaciones de productores pesqueros y creación de organizaciones interprofesionales del sector pesquero, las ayudas previstas en la Orden de 19 de junio de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, 2014-2020.

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BDNS (Identif.): 435508.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones  (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.

Primero. Se convoca para el ejercicio 2019, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, la siguiente línea de ayuda, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que, asimismo, se indican para esa línea.

Línea de ayuda que se convoca y período de elegibilidad:

Creación de las organizaciones de productores pesqueros, de las asociaciones de organizaciones de productores pesqueros y creación de organizaciones interprofesionales del sector pesquero.

Podrán solicitar las ayudas por su creación las organizaciones de productores pesqueros reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía con posterioridad al 29 de diciembre de 2013 y siempre que haya transcurrido, al menos, un año desde la fecha de notificación de la resolución de reconocimiento.

Línea de ayuda Beneficiarios Partida presupuestaria Cuantía máxima (€)
Creación de organizaciones profesionales
Entidades sin ánimo de lucro
1900120000/G/71P/48300/00/G1353513G6 10.000
TOTAL 10.000

Tratándose de un expediente de gasto de tramitación anticipada, el gasto que se proyecta queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto que ha de aprobar el Parlamento para el ejercicio 2019, en el momento de dictarse la resolución de adquisición del compromiso.

Segundo. Entidades beneficiarias.

Las organizaciones de productores pesqueros reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con el Reglamento (CE)  núm. 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, e inscritas en el Registro General de Organizaciones de Productores Pesqueros y Asociaciones de Organizaciones de Productores Pesqueros establecido en el artículo 8 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, con posterioridad al 29 de diciembre de 2013 y siempre que haya transcurrido, al menos, un año desde la fecha de reconocimiento.

Tercero. Objeto.

La finalidad de estas ayudas es la de contribuir al logro de los objetivos específicos recogidos en el artículo 6.5 del Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), a través de la realización de actuaciones relacionadas con la comercialización y la transformación por parte de las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 19 de junio de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, 2014-2020, publicada en BOJA núm. 19, de 23 de junio de 2017.

Quinto. Cuantía.

La dotación de la línea de ayuda se hace en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda será de tres meses, contado desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la Convocatoria.

Sevilla, 26 de diciembre de 2018

RODRIGO SÁNCHEZ HARO
Consejero de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural,
en funciones
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