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En relación con la Solicitud Única de Ayudas para la campaña 2015, el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, establece en el Capítulo I del Título III los requisitos del Régimen de Pago Básico y en el Capítulo II del Título VI la gestión y pago de las ayudas y, concretamente en el artículo 106, la devolución de los pagos indebidamente percibidos.
Desde la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en fecha de 17 de julio de 2019 han sido emitidos acuerdos de inicio de procedimiento de reconocimiento y recuperación de pago indebido de pago básico de la campaña 2015, a los titulares a los que se les autorizó a su favor un pago del Régimen de Pago Básico de la campaña 2015 y que actualmente, como consecuencia de los controles realizados, se han obtenido evidencias de las irregularidades detalladas en los mismos y que implican una disminución del importe de la ayuda a percibir y la consecuente devolución de la cantidad resultante.
La notificación de dichos acuerdos fue practicada en días posteriores, otorgando a los interesados un plazo de 15 días para presentación de las alegaciones y documentación que estimaran pertinentes, a contar desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con los artículos 53.1.e) y 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dicho plazo de alegaciones coincide con período plenamente estival, por lo que se aprecia la oportunidad, en base a evitar indefensión de los interesados, de ampliar de oficio el plazo establecido.
Por todo ello,
ACUERDO
Debido a criterios de oportunidad y en aras de asegurar la efectividad del principio de defensa del interesado en la tramitación del procedimiento administrativo, se establece la ampliación del plazo de alegaciones hasta el próximo 15 de septiembre de 2019 para aquellos interesados que no hayan presentado aún los escritos de alegaciones, de acuerdo con el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 1 de agosto de 2019.- El Secretario General de Fondos Europeos Agrarios al Desarrollo Rural Sostenible, P.S. (artículo 4.7 Decreto 103/2019, BOJA núm. 31, de 14.2.2019), Manuel Alías Cantón.
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