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El Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, establecen entre las competencias correspondientes a esta Consejería la coordinación de las políticas migratorias.
El Decreto 55/2001, de 26 de febrero, por el que se regula el Foro Andaluz de la Inmigración, órgano de consulta, representación y participación en el ámbito de las políticas para la inmigración y la diversidad cultural, establece en su artículo 7 el procedimiento para la propuesta y designación de sus vocales, tanto para los representantes de las Administraciones Públicas como para los de las Organizaciones Sociales. Asimismo, el artículo 11 de dicho decreto establece la duración del mandato de los vocales no pertenecientes a la Administración Pública, que será de cuatro años a partir del día siguiente a su nombramiento.
Dentro de las organizaciones sociales, el procedimiento de selección de las entidades sin ánimo de lucro que tengan entre sus fines la integración y la promoción de los inmigrantes en los distintos ámbitos de la sociedad se establece en la Orden de la Consejería de Justicia e Interior, de 30 de octubre de 2012, por la que se regula el proceso de selección de los vocales del Foro Andaluz de la Inmigración en representación de las entidades de inmigrantes y de las entidades pro inmigrantes, que desarrollan su labor en el territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza. De conformidad con lo dispuesto en esta Orden, las citadas entidades fueron seleccionadas mediante la Orden de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, de 21 de mayo de 2019, por la que se designan a las entidades de inmigrantes y entidades pro inmigrantes como miembros del Foro Andaluz de la Inmigración, disponiendo su apartado segundo que las entidades designadas deberán proponer los nombres de las personas que las representarán en calidad de titular y suplente para proceder al nombramiento como vocales del referido Foro, debiendo respetar la composición de género que permita la representación equilibrada.
En consecuencia, recibidas las propuestas y designaciones correspondientes y en el uso de las facultades que me corresponden,
DISPONGO
Primero. Nombramiento de vocales del Foro Andaluz de la Inmigración en representación de las entidades sin ánimo de lucro que tienen entre sus fines la integración y la promoción de los inmigrantes en los distintos ámbitos de la sociedad.
Se nombran como vocales del Foro Andaluz de la Inmigración, en representación de las entidades sin ánimo de lucro que tienen entre sus fines la integración y la promoción de los inmigrantes en los distintos ámbitos de la sociedad, a las siguientes personas:
1. Por las entidades de inmigrantes.
- Doña Kaoutar Boughlala, en representación de Cooperación y Desarrollo con el Norte de África (CODENAF).
Suplente: Don Said Bentrika El Ghazi.
- Doña Gloria Peter Ekereuwem, en representación de la Asociación Mujeres entre Mundos.
Suplente: Doña Glory Vincent.
- Don Norberto Masa Akapo, en representación de la Federación de Migrantes de la Unión Europea (FORUM).
Suplente: Doña Inmaculada Ramírez Marchena.
- Don Marius Nsadap Assoua, en representación de la Fundación Europea para la Cooperación Norte-Sur (FECONS).
Suplente: Doña Enit Johana Montaño García.
- Don Ahmed Kahlifa, en representación de la Asociación Marroquí para la Integración de los Inmigrantes.
Suplente: Doña Elena Pernías Ramos.
2. Por las entidades pro inmigrantes.
- Don Javier Pérez Cepero, en representación de Fundación CEPAIM. Acción integral con migrantes.
Suplente: Doña Elena Hernández de la Rosa.
- Don Ignacio Romero Molina, en representación de Cruz Roja Española en Andalucía.
Suplente: Doña M.ª Teresa Pérez Hernández.
- Doña M.ª Elena Tajuelo Sánchez, en representación de Federación Andalucía Acoge.
Suplente: José Miguel Morales.
- Don Manuel Sánchez Montero, en representación de ACCEM.
Suplente: Don Francisco Villa León.
- Doña Soledad Múñoz Ortiz, en representación de Fundación PROLIBERTAS.
Suplente: Doña Rocío Melero Pérez.
Segundo. Efectos.
Esta orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Esta orden agota la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente, recurso de reposición conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 16 de septiembre de 2019
JUAN ANTONIO MARÍN LOZANO | |
Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local |