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El articulo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando el proyecto normativo afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública durante un plazo razonable y no inferior de quince días hábiles. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en Derecho, entre otros por vía telemática en los términos previstos reglamentariamente.
El proyecto de orden establece las bases reguladoras de las ayudas comunitarias para el desarrollo sostenible de la pesca marítima previstas en el Capítulo I del Título V del Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, que se otorgarán con arreglo a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recurso públicos. Por consiguiente, resulta conveniente que el texto del proyecto normativo se someta a la mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar las observaciones y aportaciones que estime de interés.
En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
RESUELVO
Primero. Someter a información pública el proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo sostenible de la pesca en Andalucía, en el marco del programa operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020) durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento:
a) En formato digital, a través del Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica: https://juntadeandalucia.es/organismos/agricultura ganaderiapescaydesarrollosostenible/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/ 177247.html.
b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 20:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto normativo deberán dirigirse a la Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y se podrán realizar:
a) Preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico: dgpa.cagpds@juntadeandalucia.es.
b) En formato papel, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de septiembre de 2019.- El Director General, Jose Manuel Martínez Malia.
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