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NIG: 2906744420190006206.
Procedimiento: Núm. 470/2019. Negociado: 06.
De: Don José Manuel García Sánchez.
Contra: Don Dimond Colin y Vicki Pretince.
EDICTO
El/La Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.
HACE SABER
Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 470/2019, sobre despidos/Ceses en general, a instancia de don José Manuel García Sánchez contra Dimond Colin y Vicki Pretince, en la que se ha dictado resolución que sustancialmente dice lo siguiente:
SENTENCIA NÚM. 395/2019
En Málaga, a tres de octubre de dos mil diecinueve.
Vistos por doña Victoria Gallego Funes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga, los precedentes autos número 470/2019 seguidos a instancia de don José Miguel García Sánchez, representado por letrada Sra. Pérez Marchante, frente a doña Vicki Prentice y don Colin Dimond que no comparece, sobre despido y reclamación de cantidad.
FALLO
I. Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don José Miguel García Sánchez, frente a doña Vicki Prentice y don Colin Dimond sobre despido, debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración; y, a su vez, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral entre las partes a la fecha de la presente sentencia, debiendo condenar y condenando a los empresarios demandados a que solidairiamente indemnicen al demandante en la cantidad de 974,76 euros y a que abonen de forma solidiaria a la parte actora la cantidad de 2.933,81 euros en concepto de salarios de tramite, debiendo mantener en situación de alta en la Seguridad Social durante el correspondiente periodo.
II. Que estimando la demanda formulada por don José Miguel García Sánchez, frente a doña Vicki Prentice y don Colin Dimond sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno solidiariamente a los demandados a abonar al actor la cantidad de 109,95 euros, más los intereses moratorios sobre los salarios devengados del 10%.
Notifíquese esta resolución a las partes, y a Fogasa haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede en Málaga, anunciándolo ante este juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de consignaciones o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 300,00 € en la cuenta anterior, presentando ambos resguardos en la Secretaría del Juzgado al tiempo de anunciar el recurso, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. La anterior sentencia ha sido dictada por la Magistrada que la suscribe, en el día de su fecha. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a Dimond Colin y Vicki Pretince cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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