Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 202 de 18/10/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 9 de octubre de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 602/2019.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00163561.

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 602/2019. Negociado: 02.

NIG: 2906744420190007818.

De: Don Andrés Rodríguez Vitalle.

Contra: Pache Catering, S.L. (Restaurante Le Discret) y Fogasa.

EDICTO

Doña Luciana Rubio Bayo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 602/2019, a instancia de la parte actora don Andrés Rodríguez Vitalle contra Pache Catering, S.L. (Restaurante Le Discret) y Fogasa sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia núm. 401/2019 de fecha 8.10.2019 del tenor literal siguiente:

SENTENCIA núm. 401/2019

En Málaga, a ocho de octubre dos mil diecinueve.

Vistos por doña Victoria Gallego Funes, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga, los precedentes autos número 602/2019 seguidos a instancia de don Andrés Rodríguez Vitalle, asistido por Graduado/a Sr/a. Solano Moreno, frente a la entidad Pache Catering, S.L. (Restaurante Le Discret) (B-93528974), que no comparece, sobre despido.

F A L L O

Que estimando la demanda interpuesta por don Andrés Rodríguez Vitalle, frente a la entidad Pache Catering, S.L. (Restaurante Le Discret) (B-93528974), sobre despido, debo declarar y declaro la improcedencia del mismo, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por tal declaración, y condenando igualmente a la empresa demandada a que, a su opción, readmita al demandante, en sus puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido realizado en fecha 11.5.2019 con abono de salarios de tramitación que equivaldrán a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación, o bien le indemnice con la suma de 1.788,21 euros, debiendo advertir por último a la empresa demandada que la opción señalada, habrá de efectuarse ante este Juzgado de lo Social en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la Sentencia, entendiéndose que de no hacerlo así se opta por la readmisión.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía/Málaga, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de este Juzgado, o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 300,00 €, presentando el resguardo de ambos depósitos al momento de anunciar el recurso, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Pache Catering, S.L. (Restaurante Le Discret), actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a nueve de octubre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF