Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 204 de 22/10/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 30 de julio de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Jerez de la Frontera, dimanante de autos núm. 1678/2018. (PP. 2301/2019).

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NIG: 1102042120180009565.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1678/2018. Negociado: IM.

Sobre: Obligaciones: Otras cuestiones de: Área Sur Shopping, S.L.U.

Procurador: Sr. José Domingo Corpas.

Contra: 2M Deluxe Brands, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1678/2018 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres Jerez de la Frontera a instancia de Área Sur Shopping, S.L.U., contra 2M Deluxe Brands, S.L., se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Jerez de la Frontera, a 26 de marzo de 2019.

Vistos por mí, don José Gálvez Jiménez, Magistrado-Juez de Primera Instancia número tres de los de esta ciudad, los autos de juicio declarativo verbal seguido por resolución contractual y reclamación de cantidad bajo el número de registro arriba referenciado a instancia de la entidad Área Sur Shopping, S.L.U., que actuó representado por el Procurador señor Corpas y dirigido por el Letrado señor González-Enciso, contra la entidad 2M Deluixe Brands, S.L., en situación de rebeldía procesal, procedo a dictar la siguiente sentencia.

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de la entidad Área Sur Shopping, S.L.U., contra la entidad 2M Deluixe Brands, S.L., condeno a la demandada a hacer pago al actor de la suma de 16.736,29 €, más los intereses legales de dicha cantidad a contar desde la interpelación judicial y del art. 576 LEC desde la fecha de esta sentencia.

Las costas causadas en la Instancia se imponen a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los 20 días hábiles siguientes a su notificación (artículo 455 LEC).

Así por esta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia una vez extendida y firmada se deposita en la oficina judicial a los fines de su notificación, doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados 2M Deluxe Brands, S.L., extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera, a treinta de julio de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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