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La Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en adelante la AACID, creada por Ley 2/2006, de 16 de mayo, se constituye con el objetivo de optimizar, en términos de eficacia y economía, la gestión de los recursos públicos que la Administración de la Junta de Andalucía destina a la cooperación internacional para el desarrollo, contribuyendo al cumplimiento de los específicos objetivos que aquella debe perseguir en su actuación en esta materia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto del Presidente 2/2019, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de consejerías, en relación con el art. 1.f) del Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, modificado por el Decreto 458/2019, de 23 de abril, y por el Decreto 572/2019, de 1 de octubre; corresponden a dicha consejería las competencias en materia de cooperación internacional para el desarrollo, adscribiéndose a ésta la AACID.
El artículo 9 de los Estatutos de la AACID, aprobados por Decreto 184/2014, de 30 de diciembre, relativo a la titularidad y atribuciones de la Presidencia, dispone en su apartado 2.f) que son atribuciones de la Presidencia, entre otras, la de aprobar las disposiciones de gastos y la ordenación de pagos, de conformidad con lo previsto en el artículo 52.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Mediante Resolución de 24 de junio de 2015 (BOJA núm. 172, de 3 de septiembre de 2015) la Presidenta de la AACID delega, con carácter permanente, en la persona titular de la Vicepresidencia la facultad de aprobar las disposiciones de gastos y la ordenación de pagos.
Con posterioridad, por Resolución de 23 de julio de 2015 (BOJA núm. 172, de 3 de septiembre de 2015), la Presidenta de la AACID delega en la persona titular de la Dirección, con independencia de las atribuciones conferidas a la Vicepresidencia mediante la Resolución de 24 de junio de 2015, las competencias de aprobación de la disposición del gasto y la ordenación del pago, de una sola vez, en determinados supuestos contemplados en la disposición única apartado a).
Por su parte, la letra s) del artículo 16.1 de los citados Estatutos, atribuye a la persona titular de la Dirección de la AACID el ejercicio de cualesquiera otras funciones que le sean delegadas por la Presidencia.
Por todo ello, y con el fin de agilizar la gestión de la AACID y contribuir a una mayor eficacia en su actuación, mejorando así su funcionalidad,
RESUELVO
Primero. Avocar la competencia sobre aprobación de las disposiciones de gastos y la ordenación de pagos prevista en el art. 9.2.f) de los Estatutos de la AACID, que había sido delegada en la persona titular de la Vicepresidencia en virtud la Resolución de 24 de junio de 2015, de acuerdo a los establecido en el art. 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sobre Régimen Jurídico del Sector Público.
Segundo. Delegar con carácter general la competencia para la aprobación de la disposición del gasto y la ordenación de pagos en la persona titular de la Dirección de la AACID, en consonancia con lo previsto en el art. 9 de la mencionada Ley 40/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de las facultades que por delegación de la Presidencia venía ejerciendo con arreglo a la Resolución de 23 de julio de 2015.
Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia.
Tercero. La presente resolución será efectiva a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de octubre de 2019.- La Presidenta, Rocío Ruiz Domínguez.
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