Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00165044.
Procedimiento: Despidos/Ceses en general 475/2018. Negociado: 2I.
NIG: 4109144420180005102.
De: Don Josefa Arias Arco.
Abogado: Eva María Gómez-Cunningham Arévalo.
Contra: Pan-Pan Producciones, S.L., y Fogasa.
EDICTO
Doña Yolanda Valdivielso García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 475/2018 a instancia de la parte actora doña Josefa Arias Arcos contra Pan-Pan producciones, S.L., y Fogasa sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente:
DIligencia de Ordenación
Letrada de la Administración de Justicia Sra. doña Yolanda Valdivielso García.
En Sevilla, a treinta de octubre de dos mil diecinueve.
Habiéndose suspendido el señalamiento 22.10.19 se señala nuevamente para el día 31 de marzo de 2020, a las 11:30 horas, para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas núm. 10 de este Juzgado, sito en Avda. de la Buhaira, núm. 26, 1.ª planta, Edificio Noga de Sevilla, y la conciliación a celebrar en la sede del Juzgado, sito en la 5.ª planta de este mismo edificio, a las 11:00 horas, para acreditación de las partes y de su representación procesal ante el Secretario Judicial, conforme lo dispuesto en el art. 89.7 de la Ley 36/2011 de RJS.
Habiéndose aportado por la parte actora consulta del RCM y consultado la base de datos del Punto Neutro Judicial a fin de averiguar el domicilio de los administradores mancomunados quedando unido en las actuaciones, la información obtenida dicha consulta, en el día de hoy se remite la citación a juicio a los Administradores en el domicilio facilitado por el Punto Neutro Judicial.
Llévese la citación a la empresa demandada a través del exhorto al Juzgado Decano de Alcalá de Guadaíra, cítese a los Administradores mancomunados a través de correo certificado con acuse de recibo «ad cautelam» por medio de edictos que se publicarán en el BOJA, librándose a tal efecto la oportuna comunicación y cítese al Fondo de Garantía Salarial con traslado de la demanda y resto de documentación a los efectos de los artículos 164 de la LEC, y concordantes de la LRJS.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.
El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación al demandado Pan-Pan Producciones, S.L., don Enrique Pérez Reyes, don Jesús Manuel Vela Andújar actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a treinta de octubre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
Descargar PDF