Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 248 de 27/12/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 20 de noviembre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Rota, dimanante de autos núm. 548/2019. (PP. 2986/2019).

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NIG: 1103042120190000895.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 548/2019. Negociado: MJ.

Sobre: Posesión (Arts. 430-466 CC).

De: Coral Homes, S.L.U.

Procurador/a: Sr. Mauricio Gordillo Alcalá.

Contra: Ignorados Ocupantes C/ Nuestra Señora de los Remedios núm. 6, P2 PO.8.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 548/2019 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Rota a instancia de Coral Homes, S.L.U., contra Ignorados Ocupantes C/ Nuestra Señora de los Remedios núm. 6, P2 PO.8, sobre Posesión (arts. 430-466 CC), se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Vistos por mí, Raquel López-Vizcaíno Castro, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de Rota, los presentes Autos de juicio verbal de desahucio por precario en el que aparece como parte actora Coral Homes, S.L.U., bajo la representación procesal de don Mauricio Gordillo Alcalá y con la asistencia letrada de doña Carlota García Ortiz, y como demandado ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Nuestra Señora de los Remedios número 6, P.2 Po. 8 de Rota, resultan los siguientes:

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don Mauricio Gordillo Alcalá, en nombre y representación de Coral Homes, S.L.U., acuerdo haber lugar al desahucio de los ignorados ocupantes de la vivienda sita en calle Nuestra Señora de los Remedios número 6, P.2 Po. 8, de Rota (finca número 44.090), condenándoles a dejarla libre y expedita, a disposición del actor, previniéndole que, si así no lo hacen, podrán ser lanzados por la fuerza y a su costa.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados ignorados ocupantes C/ Nuestra Señora de los Remedios núm. 6, P2, Po. 8, extiendo y firmo la presente en Rota, a veinte de noviembre de dos mil diecinueve.- El Letrado de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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