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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 863/2019. Negociado: 2E.
NIG: 4109144S20160001312.
De: Don Diego Jesús Ruiz López.
Abogado: María Dolores Angolotti Vázquez.
Contra: Movand Motors, S.A.
EDICTO
Doña Yolanda Valdivielso García, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 863/2019 a instancia de la parte actora don Diego Jesús Ruiz López contra Movand Motors, S.A., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 4/12/12, del tenor literal siguiente:
DECRETO 758/2019
Letrado/a de la Administración de Justicia, Sra. Yolanda Valdivielso García.
En Sevilla, a cuatro de diciembre de dos mil diecinueve.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Diego Jesús Ruiz López ha presentado demanda de ejecución frente a Movand Motors, S.A.
Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 23.10.19 y auto de aclaración del anterior de fecha 29.10.19, por un total de 2.711,45 € de principal más la de 542,29 € presupuestados para intereses y costas en concepto de principal.
Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
Declarar a la ejecutada Movand Motors, S.A., en situación de insolvencia total por importe de 2.711,45 € de principal más la de 542,259 € presupuestados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.
El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación al demandado Movand Motors, S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a cuatro de diciembre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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