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La Ley 15/2001, de 26 de diciembre, por la que aprueban medidas fiscales, presupuestarias, de control y administrativas establece en su artículo 22 la creación de la especialidad de Agentes de Medio Ambiente del Cuerpo de Ayudantes Técnicos de la Junta de Andalucía incluido en el Grupo C de los señalados en la disposición adicional quinta de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.
Con posterioridad, mediante el Decreto 283/2005, de 20 de diciembre, por el que se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Medio Ambiente se reestructuran los puestos de agentes de medio ambiente en Coordinador General, Coordinador General Adjunto, Coordinador Provincial, Coordinador Provincial Adjunto; Coordinador de Unidad Biogeográfica, Coordinador Adjunto de Unidad Biogeográfica y Agente de Medio Ambiente.
La actual tipología de puesto de trabajo de Agente de Medio Ambiente, con esa sola denominación, pero que presenta dos distintas configuraciones con diferentes características, debe ser redefinida adecuadamente para dar lugar a dos distintos tipos de puestos de acuerdo con su contenido funcional.
Por ello, en la presente modificación de la relación de puestos de trabajo se determinan los puestos de Agente de Medio Ambiente Base, configurados como los puestos de acceso a la Especialidad de Medio Ambiente del Cuerpo de Ayudantes Técnicos de la Junta de Andalucía, con unas funciones y tareas acordes con dicho carácter y con un nivel de complemento de destino 16, y los puestos de Agente de Medio Ambiente con un mayor nivel de complemento de destino, 18, y de complemento específico como consecuencia de la mayor responsabilidad y la mayor dificultad técnica en las superiores funciones y tareas atribuidas.
Por lo tanto, se procede a modificar los actuales puestos de trabajo de Agente de Medio Ambiente con nivel de complemento de destino 16 que se encuentran ocupados actualmente por personal funcionario con la experiencia necesaria para el ejercicio de las superiores funciones y tareas atribuidas, cuyas plazas pasan a encuadrarse en la nueva tipología de puesto de Agente de Medio Ambiente, con nivel de complemento de destino 18. El personal afectado por dicha modificación del nivel de complemento de destino y del complemento específico de sus plazas mantendrá el carácter de ocupación con el que las desempeña.
Asimismo se modifican y suprimen puestos de trabajo que presentan características declaradas a extinguir, correspondientes a anteriores estructuras..
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la ampliación de la plantilla presupuestaria, que será aprobada de acuerdo con lo previsto en los apartados 5 y 6 del artículo 26 de la Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de diciembre de 2019,
DISPONGO
Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, queda modificada en los términos indicados en el Anexo I del presente decreto y, a efectos de lo previsto en el último párrafo del artículo 26.5 de la Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019, supone la ampliación de la plantilla presupuestaria.
Artículo 2. Adscripción del personal afectado por la modificación de los puestos de trabajo.
El personal afectado por la modificación de los puestos de trabajo queda adscrito a los puestos de trabajo relacionados en el Anexo II del presente decreto, con el carácter que se expresa.
Disposición adicional única. Contenido homólogo de puestos.
El contenido de las plazas incorporadas a los puestos de trabajo de Agente de Medio Ambiente con nivel de complemento de destino 18, modificados por el presente decreto, será considerado homólogo al de las plazas existentes previamente a la modificación, por lo que el personal afectado mantendrá el carácter de ocupación con el que las desempeña.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Córdoba, 27 de diciembre de 2019
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
ELÍAS BENDODO BENASAYAG | |
Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior |