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Advertidos errores en la disposición de referencia, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 50, de 14 de marzo de 2019, y en virtud de los dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su rectificación, en los términos siguientes:
Primero. En la página 69, base 6.3:
Donde dice:
«La fase de oposición no comenzará antes del día 1 de junio de 2018; …»
Debe decir:
«La fase de oposición no comenzará antes del día 1 de junio de 2019; …»
Segundo. En la página 75, Anexo III. Baremación de méritos alegados y acreditados:
Tercero. En la página 77, Anexo IV. Baremo de la fase de concurso:
Donde dice:
«A) Valoración de méritos.
1. Valoración del trabajo desarrollado, con un máximo de 20 puntos:
1.1. Por cada mes de experiencia en puestos de trabajo del Cuerpo de Titulados Superiores incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo de la Cámara de Cuentas de Andalucía, Tribunal de Cuentas, Tribunal de Cuentas Europeo o en Órganos de Control Externo Autonómicos: 0,15 puntos.»
Debe decir:
«A) Valoración de méritos.
1. Valoración del trabajo desarrollado, con un máximo de 20 puntos:
1.1. Por cada mes de experiencia en puestos de trabajo del Cuerpo de Titulados Medios incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo de la Cámara de Cuentas de Andalucía, Tribunal de Cuentas, Tribunal de Cuentas Europeo o en Órganos de Control Externo Autonómicos: 0,15 puntos.»
Cuarto. Por lo anterior, el plazo de 20 días hábiles para la presentación de las solicitudes, establecido en la base 3.3 de la referida Resolución de 8 de marzo de 2019, comenzará a contarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente corrección de errores en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
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