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NIG: 4109142C20100050933.
Procedimiento: Juicio Cambiario 1671/2010. Negociado: 2.°
De: Caixabank, S.A.
Procurador: Sr. Gerardo Martínez Ortiz de la Tabla.
Contra: Linderos Cimentaciones y Estructuras, S.L., Antonio Moya Transportes y Movimientos de Tierras, S.L., y Vazmorex, S.L.
Procurador: Sr. Emilio Alfonso Onorato Ordóñez.
Letrado: Sr. Francisco Montanero Muñoz.
EDICTO
En el presente procedimiento Juicio Cambiario 1671/2010-2, seguido a instancia de Caixabank, S.A., frente a Vazmorex, S.L., Linderos Cimentaciones y Estructuras, S.L., y Antonio Moya Transportes y Movimientos de Tierras, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son como sigue:
SENTENCIA núm. 251/2013
En Sevilla, a doce de diciembre de dos mil trece.
El Ilmo. Sr. don Fernando García Campuzano, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Cambiario núm. 1671/2010-2, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante la entidad Caixabank, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales Sr. don Gerardo Martínez Ortiz de la Tabla y con la asistencia del Letrado Sr. don Salvador Guerrero del Prado; y de otra como demandados la entidad Vazmorex, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales Sr. don Emilio Alfonso Onorato Ordóñez y con la asistencia del Letrado Sr. don Francisco R. Montanero Muñoz, y contra la entidad Antonio Moya Transportes y Movimientos de Tierra, S.L., y la entidad Linderos Cimentaciones y Estructuras, S.L., en reclamación de cantidad y,
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FALLO
Que debo desestimar y desestimo la oposición deducida por el Procurador don Emilio Onorato Ordóñez, en la representación que ostenta, y estimando así la demanda de juicio cambiario instada por el Procurador don Gerardo Martínez Ortiz de la Tabla, en nombre y representación de Cajasol, debo condenar y condeno a Vazmorex, Sociedad Limitada, a Antonio Moya Transportes y Movimientos de Tierras, Sociedad Limitada, y Linderos Cimentaciones y Estructuras, Sociedad Limitada, a pagar a la entidad actora la cantidad de diecisiete mil novecientos setenta y cuatro con treinta y nueve (17.974,39) euros de principal, más cinco mil trescientos (5.300,00) euros presupuestados de intereses de demora, gastos y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación, con imposición a la demandada de las costas procesales.
Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, el cual deberá ser interpuesto por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Únase la presente al Libro de Sentencias, quedando testimonio en las actuaciones.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose los demandados Linderos Cimentaciones y Estructuras, S.L., y Antonio Moya Transportes y Movimientos de Tierras, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a los mismos.
En Sevilla, a quince de febrero de dos mil dieciséis.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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