Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 17/05/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 22 de febrero de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Sevilla, dimanante de autos núm. 604/2016. (PP. 955/2019).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00154126.

NIG: 4109142C20160020775.

Procedimiento: Juicio Verbal (desahucio precario-250.1.2).

604/2016. Negociado: 1B.

Sobre: Cumplimiento.

De: Bankia.

Procurador: Sr. José María Rodríguez Valverde.

Contra: Desconocidos ocupantes vivienda C/ Pegaso, 3, 3.º D.

E D I C T O

En el presente procedimiento Juicio Verbal (desahucio precario-250.1.2) 604/2016 seguido a instancia de Bankia frente a desconocidos ocupantes vivienda C/ Pegaso, 3, 3.º D, se ha dictado la sentencia cuyos encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA núm. 261/2018

En Sevilla, a 28 de septiembre de 2018.

Don Rafael J. Páez Gallego, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de esta ciudad y su partido, ha visto y examinado los presentes autos de Juicio verbal seguidos ante este Juzgado bajo el núm. 604/16, siendo partes en el mismo, como demandante, Bankia, S.A., representada por el Procurador Sr. Rodríguez Valverde; y, como demandada, los ignorados ocupantes de la vivienda, declarados en rebeldía, en ejercicio de acción de recuperación de finca urbana.

F A L L O

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Rodríguez Valverde en representación acreditada de Bankia, S.A., contra los ignorados ocupantes de la vivienda, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio de los demandados como ocupantes de la vivienda sita en Pegaso 3, piso 3.º, puerta D, de Sevilla, de esta ciudad, debiéndola desalojar y dejar libre y a la entera disposición de la actora, con el apercibimiento que de no verificarlo en el plazo de Ley, se procederá al lanzamiento judicial, con expresa imposición de costas.

Y encontrándose dichos demandados, Desconocidos Ocupantes Vivienda C/ Pegaso, 3, 3.º D, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a veintidós de febrero de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF