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En cumplimiento de lo establecido en el dispongo décimo quinto de la Orden de 16 de abril de 2020, por la que se convocan Proyectos de Formación Profesional Dual para el curso académico 2020/2021, resuelvo hacer públicos los proyectos aprobados y denegados al amparo de la misma, según la relación de centros docentes que figura como Anexos a la presente resolución.
Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, los centros docentes de titularidad privada, podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 102.5 y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en los artículos 8, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla 25 de junio de 2020.- La Directora General, María Victoria Oliver Vargas.
ANEXO I
PROYECTOS APROBADOS
Importante: según lo establecido en el dispongo duodécimo de la Orden de 16 de abril de 2020, por la que se convocan Proyectos de Formación Profesional dual para el curso académico 2020/2021, de ser aprobado el proyecto, su desarrollo requerirá que el centro docente tenga autorizado el ciclo formativo objeto del proyecto para el curso escolar 2020/2021.
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