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BDNS (Identif): 514334.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8. a ) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans
Primero. Se convocan para el ejercicio 2020, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a Entidades Locales de Andalucía para la financiación de actuaciones para el mantenimiento y funcionamiento de los Servicios Locales de Consumo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la cuantía máxima que se específica y con cargo al crédito presupuestario que asimismo se indica:
Línea | Cuantía máxima | Partida Presupuestaria |
Funcionamiento de servicios locales en materia de consumo | 912.000,00 € | 1500020000/G/44H/46600/0001 |
Segundo. Beneficiarios.
Municipios, Provincias, Mancomunidades de municipios y Entidades Locales Autónomas, a través de sus órganos competentes.
Tercero. Objeto.
Financiar actuaciones para el mantenimiento y funcionamiento habitual de los servicios locales de consumo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 1 de febrero de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Entidades Locales de Andalucía para la financiación de actuaciones de mantenimiento y funcionamiento de los Servicios Locales de Consumo en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 25, de 7 de febrero de 2017).
Quinto. Importe.
La dotación de línea subvencionable se hace en el cuadro anterior de la convocatoria. El porcentaje máximo de la subvención será el 90% si el proyecto presentado es superior a 6.050 euros. Si el proyecto es igual o inferior a 6.050 euros, la cuantía de la subvención podrá ser del 100% del proyecto.
La distribución máxima del crédito a nivel provincial, que se ha realizado teniendo en cuenta, de manera ponderada, el tamaño poblacional, el número de servicios locales en materia de consumo existentes así como el número de municipios en cada provincia, tal como se contempla en el apartado 2.d) del cuadro resumen de la Línea 1 de la Orden de Bases anteriormente referida, es la siguiente:
ALMERÍA | 87.896,00 € |
CÁDIZ | 110.573,00 € |
CÓRDOBA | 98.279,00 € |
GRANADA | 125.618,00 € |
HUELVA | 85.000,00 € |
JAÉN | 92.802,00 € |
MÁLAGA | 151.863,00 € |
SEVILLA | 159.969,00 € |
TOTAL | 912.000,00 € |
Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.
Tanto a la solicitud como al resto de anexos se podrá acceder a través la siguiente dirección electrónica www.juntadeandalucia.es/salud/consumo o en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla.- El Director General de Consumo, Alberto Fernández Rodríguez.
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