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Examinada la solicitud de inclusión del taller de cerámica de don Rafael Ruiz León en la Zona de Interés Artesanal de La Rambla (Córdoba), presentada por la Asociación de Artesanos Alfareros de La Rambla, se observan los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHOS
Primero. Por Orden de 9 de julio de 2012 se declaró la Zona de Interés Artesanal de La Rambla en Córdoba, actualizada mediante Resolución de 25 de noviembre de 2019, de la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento.
Segundo. Con fecha 22 de abril de 2020, la Asociación de Artesanos Alfareros de La Rambla presenta en el registro electrónico de la Junta de Andalucía, solicitud de inclusión del taller de cerámica de don Rafael Ruiz León en la Zona de Interés Artesanal de La Rambla.
Tercero. Con fecha 8 de julio de 2020 la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad recibe el expediente completo acompañado de informe motivado emitido por la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo y Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad en Córdoba de fecha 15 de junio de 2020.
Cuarto. Conforme a lo establecido en el artículo 12.1 de la Orden de 8 de septiembre de 2011, fue oída la Comisión de Artesanía de Andalucía en su sesión celebrada el día 21 de julio de 2020, respecto a la inclusión del nuevo taller propuesto, en la Zona de Interés Artesanal de La Rambla.
Quinto. El día 5 de agosto de 2020, la Asociación de Artesanos Alfareros de La Rambla muestra su conformidad a la inclusión del nuevo taller en la Zona de Interés Artesanal.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad es competente para conocer y resolver el presente procedimiento, a tenor de lo dispuesto en el artículo 58.1.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 104/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad; Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía; y en la Orden de 8 de septiembre de 2011, por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación.
Por Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, de 9 de mayo de 2019, se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería y en determinados órganos de sus Agencias Administrativas.
En la citada orden se acuerda en el punto Segundo 4.j), delegar en la persona titular de la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de interés Artesanal prevista en el artículo 15.2 de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía, y en el artículo 12.2 de la Orden de 8 de septiembre de 2011, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal y se aprueba el distintivo para su identificación.
Segundo. Vista la solicitud de la Asociación de Artesanos Alfareros de La Rambla relativa a la inclusión de un nuevo taller en la Zona de Interés Artesanal de La Rambla, oída la Comisión de Artesanía de Andalucía, vistos los preceptos legales citados, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás normativa de general y pertinente aplicación, y una vez finalizados los trámites reglamentarios,
RESUELVO
Primero. Declarar incluido en la Zona de Interés Artesanal de La Rambla, con todos los derechos inherentes a su inclusión en la misma, de conformidad con la Orden de 8 de septiembre de 2011, al taller que a continuación se relaciona:
Núm. | Denominación del Taller |
1 | Rafael Ruiz León |
La declaración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía, tendrá carácter indefinido, pudiendo dejarse sin efecto por variación sustancial de las circunstancias que dieron lugar a la declaración, a petición de quienes instaron la declaración o por otras causas que se puedan establecer reglamentariamente. En este sentido, la Orden de 8 de septiembre de 2011, establece en su artículo 13, que las entidades afectadas deberán comunicar las variaciones en cuanto al número de locales o talleres, o titulares de los mismos, el cambio de titularidad, en su caso, o cualesquiera otras circunstancias tenidas en cuenta para la declaración de Zona de Interés Artesanal, en el plazo de tres meses desde la fecha en que se hubiesen producido.
Segundo. Autorizar al taller relacionado al uso del distintivo, que podrá exhibir en el exterior del mismo, de conformidad con el artículo 12.6 de la Orden de 8 de septiembre de 2011.
Las características del distintivo estarán sujetas a lo establecido en el artículo 18 de la Orden de 8 de septiembre de 2011 y conforme a las medidas y contenido del modelo que se incluye como Anexo V de la misma.
Tercero. Ordenar la inscripción en la hoja abierta en el Registro de Artesanos de Andalucía de los sujetos artesanos afectados, de conformidad con el artículo 6.2 de la Orden de 8 de septiembre de 2011.
Cuarto. Conforme a lo establecido en los puntos anteriores la relación actualizada de los talleres incluidos en la Zona de Interés Artesanal de La Rambla es la que se detalla en el Anexo a esta resolución.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o bien ser impugnada directamente ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 123 y 124, de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre de Administración de la Junta de Andalucía, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 6 de agosto de 2020.- El Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, P.D. (Orden de 9.5.2019, BOJA núm. 91, de 15.5.2019), el Secretario General de Empresa, Innovación y Emprendimiento, Manuel Ortigosa Brun.
ANEXO
Zona de Interés Artesanal de La Rambla (Córdoba)
Número de talleres (34) | Taller: Denominación y domicilio |
1 | Alberto Yepes Padilla. Políg. Ind. Los Alfares C/La Jarra, 9 A. La Rambla. |
2 | Alfarería y Cerámica León S.L. Políg. Ind. Los Alfares C/ El Horno, 4. La Rambla. |
3 | Alfonso Alcaide Zafra. C/ Redonda, 45-B. La Rambla. |
4 | Alfonso Elcinto Mendiola. Políg. Ind. Los Alfares, C/ La Jarra, 20. La Rambla. |
5 | Alfonso Muñoz Elcinto. C/ Redonda, 57. La Rambla. |
6 | Alfonso Soto Bolaños. Políg. Ind. La Minilla. C/ Huelva, 12. La Rambla. |
7 | Álvaro Montaño Doblas. C/ Ancha, 44. La Rambla. |
8 | Antonio Aguilar Alcaide. Políg. Ind. Los Alfares C/ El Porrón, 3. La Rambla. |
9 | Antonio Cid García. Ctra.La Rambla-Montalbán, 5. La Rambla. |
10 | Antonio Jesús Navarrete Alcaide. C/ El Barro, 7. La Rambla. |
11 | Antonio Jesús Ortiz Ruiz. C/ Los Prietos, 41. La Rambla. |
12 | Antonio Ortiz Márquez. C/ Blanco, s/n. La Rambla. |
13 | Cerámica Artística El Lobo S.C. C/ Cruz Verde, 42. La Rambla. |
14 | Cerámica Catalina Alcaide S.L. C/ Redonda, 43-A. La Rambla. |
15 | Cerámica del Río Salado S.L. Políg. Ind. Los Alfares, C/ Las Pintoras, 2. La Rambla. |
16 | Cerámicas Anoru S.L. C/ Los Prietos n.º 41. La Rambla. |
17 | Cerámicas Hnos. Pedraza El Cinto. C/ Ancha, 32. La Rambla. |
18 | Cerámicas Serrano S.L. Políg. Ind. Los Alfares, C/ La Jarra, 16. La Rambla. |
19 | Concepción García Jurado. C/Blanco, 7. La Rambla. |
20 | Exposuna Artesana S.L. Ctra. Écija- La Rambla Km. 39,88 |
21 | Fábrica de Cerámicas Lucas Urbano S.L. C/ Carreteros, 47. La Rambla. |
22 | Francisco Javier Marín Aljama. C/ Redonda, 25. La Rambla. |
23 | Jesús Miguel Doblas Pino. Políg. Ind. Los Alfares, C/ Las Pintoras, 7. La Rambla. |
24 | José Carlos Alcaide Ruíz. Políg. La Minilla, C/ Huelva, 24. La Rambla. |
25 | José del Río García. Políg. Ind. Los Alfares, C/ El Horno, 15. La Rambla. |
26 | José Manuel Figueroa Trócoli. C/ Veracruz, 26. La Rambla. |
27 | La Rambleña Alfarería Jardinera S.L. Políg. Ind. Los Alfares, C/ La Jarra, 7. La Rambla. |
28 | María Dolores Olivares Luque. Políg. La Minilla, C/ Huelva, 18. La Rambla. |
29 | Mejías Polonio S.L. C/ Carrera Baja, 22. La Rambla. |
30 | Miguel Ángel Torres Ferreras. Políg. Ind. Los Alfares, C/ La Maceta, 3-A. La Rambla. |
31 | Rafael Pino Díaz. C/ Camino Blanco, 2. La Rambla. |
32 | Rafael Ramírez Urbano. C/ Santaella, 50. La Rambla. |
33 | Rafael Ruiz León. Políg. Ind. Los Alfares, C/ La Jarra, 39. La Rambla. |
34 | Taller de Alfarería y Cerámica M.G. Arroyo S.L. Ctra. A 386. Km. 27,100. La Rambla. |