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NIG: 2906942120190000573.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 68/2019. Negociado: 08.
Sobre: Acción declarativa de dominio.
De: Don Valentín Noriega Candanedo.
Procuradora: Sra. Mónica Calvellido Sánchez.
Contra: Doña Bárbara Benetto y Lucio Emilio Aurelio.
EDICTO
En el presente Procedimiento Ordinario 68/2019, seguido a instancia de Valentín Noriega Candanedo frente a Bárbara Benetto y Lucio Emilio Aurelio, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
En Nombre de Su Majestad El Rey.
En Marbella, a 22 de noviembre del 2019.
Antonio Ruiz Villén, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Marbella y su Partido Judicial, ha dictado la siguiente
SENTENCIA NÚM. 312/2019
Habiendo visto la causa seguida en este Juzgado como Juicio Ordinario núm. 68/2019, a instancia de don Valentín Noriega Candanedo, representado por la Procuradora doña Mónica Calvellido Sánchez y asistido por el letrado don Rafael Andrades Márquez, contra don Lucio Emilio Aurelio y doña Bárbara Benetto, en situación de rebeldía procesal, en ejercicio de una acción declarativa del dominio, cancelación de la inscripción registral contradictoria e inscripción a su favor.
Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Calvellido Sánchez, en nombre y representación de don Valentín Noriega Candanedo, contra don Lucio Emilio Aurelio y doña Bárbara Benetto, debo declarar y declaro que don Valentín Noriega Candanedo es propietario del inmueble sito en Edificio Palmeras Tres, quinta planta, apartamento A-Cuatro, de Marbella, finca registral número 59.307 del Registro de la Propiedad número 2 de Marbella; y debo condenar y condeno a los demandados, don Lucio Emilio Aurelio y doña Bárbara Benetto, a la inscripción de la referida finca registral número 59.307 del Registro de la Propiedad núm. 2 de Marbella a favor de don Valentín Noriega Candanedo, con cancelación de las inscripciones contradictorias.
Lo anterior abonando cada parte las costas causadas a su instancia y las comunes, de haberlas, por mitad.
Y encontrándose dicho demandado, Bárbara Benetto y Lucio Emilio Aurelio, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Marbella, a diez de julio de dos mil veinte.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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