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Por el Pleno del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz), se ha acordado la transmisión de la propiedad, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de varios inmuebles de su propiedad situados en los alrededores de la Plaza de Belén de dicha localidad, con destino a Museo del Flamenco de Andalucía y del Centro Andaluz de Documentación del Flamenco.
Por la Consejería competente en materia de cultura, se ha manifestado el interés en la aceptación de la cesión de la propiedad de dichos inmuebles.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Financiación Europea, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el 8 de septiembre de 2020,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80 y concordantes de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la transmisión de la propiedad, acordada por el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz), de varios inmuebles de su propiedad situados en los alrededores de la Plaza de Belén de dicha localidad.
Constan inscritos en el Registro de la Propiedad número 1 de Jerez de la Frontera con los números de finca 29.650 C/ Doctor Lillo, núm. 8, duplicado; 29.652 C/ Doctor Lillo, núm. 8; 31.725 C/ Rompechapines, núm. 1; 31.727 C/ Rompechapines, núm. 3; 31.729 C/ Rompechapines, núm. 5; 34.333 C/ Doctor Lillo, núm. 8, triplicado; 38.003 C/ Doctor Lillo, núm. 10; 48.308 C/ Barrancos, núms. 6 y 8; 38.001 (porción a segregar) C/ Doctor Lillo núm., 3; y 44.710 C/ Doctor Lillo, núm. 4, con referencias catastrales 5638823QA5653H0001EM, 5638824QA5653H0000AX, 5538104QA5653H0001RM y 5638814QA5653H0001KM.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita de la propiedad se formalizará en escritura pública o documento administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la transmisión de la propiedad de las fincas registrales indicadas en el apartado primero, que se adscriben a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico con destino a Museo del Flamenco de Andalucía y del Centro Andaluz de Documentación del Flamenco.
Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente decreto.
Sevilla, 8 de septiembre de 2020
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
JUAN BRAVO BAENA | |
Consejero de Hacienda y Financiación Europea |