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NIG: 4109142120180027012.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 728/2018. Negociado: FT.
Sobre: Contratos en general.
De: Wisi Comunicaciones, S.A.
Procurador: Sr. Félix del Valle Vigon.
Contra: Telecomunicaciones Aljarafe, S.L.
EDICTO
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
En este Juzgado de 1.ª Instancia núm. Catorce de Sevilla en el procedimiento de Juicio Ordinario 728/2018 seguido a instancia de Wisi Comunicaciones, S.A., frente a Telecomunicaciones Aljarafe, S.L., se ha dictado sentencia de fecha 28.6.2019, estimando la demanda, cuyo contenido íntegro se encuentra en este Juzgado a su disposición, haciéndole saber que contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de la presente.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Telecomunicaciones Aljarafe, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Sevilla, a 1 de octubre de 2019.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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