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BDNS (Identif.): 493281.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Resolución cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:
Primero. Se convocan para el ejercicio 2020, el procedimiento en régimen de concurrencia no competitiva y competitiva, conforme a sus bases reguladoras, de las ayudas incluidas en la Solicitud Única y con cargo a los créditos presupuestarios:
FEAGA
Centro Gestor | Posición presupuestaria | Fondo | Denominación partida | Presupuesto 2020 |
3300150000 | G/71F/47008 | BO30020133 | AYUDAS DIRECTAS DISOCIADAS DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA | 1.310.000.000 |
3300150000 | G/71F/47009 | BO30020133 | AYUDAS DIRECTAS ASOCIADAS DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA | 150.000.000 |
TOTAL | 1.460.000.000 |
FEADER
Centro Gestor | Posición presupuestaria | Cod. Proy. | Fondo | Denominación del Proyecto | Presupuesto 2020 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2015000220 | C14A1011G4 | APICULTURA BIODIVERSIDAD | 6.000.000 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2015000221 | C14A1012G4 | MANTENIM. RAZAS AUTÓCTONAS | 1.845.401 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2015000222 | C14A1013G4 | CONSERVACIÓN Y MEJORA DE PASTOS | 1.900.000 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2016000649 | C14A1019G4 | SISTEMA SOST. CULT.HORT. INTENSIVOS Y FLOR CORTADA | 900.000 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2015000224 | C14C1014G4 |
SISTEMAS SOSTENIBLES DE CULTIVOS HERBÁCEOS |
50.000 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2015000227 | C14C1016G4 |
SISTEMAS SOSTENIBLES DE CULTIVOS LEÑOSOS |
370.000 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2015000231 | C14A1018G4 | SIST. AGR. INTERÉS AVES | 4.000.000 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2015000233 | C14A1111G4 | CONV. Y MANT. AGRIC . Y GAN. ECOL. |
7.500.000 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2015000343 | C14A1122GO | MANT. PRÁCTICAS AGRIC. ECOLOG. EN OLIVAR | 10.944.682 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2015000344 | C14C101TGO | AGRIC. DE MONTAÑA ORIENT. ECOL. OLIVAR | 2.820.000 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2015000345 | C14A1121G4 |
MANT. PRÁCTICAS AGRIC. Y GANAD. ECOLÓGICAS |
28.898.663 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2015000346 | C14A1112GO | CONVERSIÓN A PRÁCTICAS OLIVAR ECOLOGICO | 3.830.000 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2015000347 | C14C101SG4 | AGRIC. DE MONT. ORIENT. ECOL. EN CULTIV. LEÑO | 562.273 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2015000349 | C14C1017GO |
SISTEMAS SOSTENIBLES DE OLIVAR |
12.300.000 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2016000439 | C15E081TGT | REFORESTACIÓN (TRANSITORIO) | 2.020.279 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2016000648 | C14C1015G4 | SIST. SOSTENIB. DE CULTIVOS AGROINDUSTR. | 14.500.000 |
1300110000 | G/71F/77400 | 2016000438 | C14C1010G4 |
SISTEMAS SOSTENIBLES DE CASTAÑO Y UVA PASA |
266.543 |
TOTAL | 98.707.841 |
Segundo. Beneficiarios.
Podrán acogerse a las citadas ayudas los agricultores cuyas explotaciones agrarias estén situadas en su totalidad o en su mayor parte en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía; o en el caso de no disponer de superficie agraria cuando el mayor número de animales de explotación se encuentren en la Comunidad Autónoma de Andalucía, entendiéndose por agricultor la definición establecida en el Reglamento (UE) núm. 1307/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, en su artículo 4.1 letra a) y que cumplan los requisitos de sus bases reguladoras.
Tercero. Objeto.
Convocar las ayudas y los pagos para el año 2020 incluidas en la Solicitud Única.
Cuarto. Bases reguladoras.
- Orden de 12 de marzo de 2015, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación de la solicitud única y de la solicitud de asignación de derechos de pago básico a partir del año 2015, así como disposiciones de aplicación a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas del programa de desarrollo rural de Andalucía objeto de inclusión en la solicitud única.
- Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa su convocatoria para el año 2015.
- Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 11: Agricultura Ecológica, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa su convocatoria para el año 2015.
- Orden de 14 de abril de 2016, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 13: Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se modifica la Orden de 24 de febrero de 2016, por la que se regulan las condiciones para la verificación de los compromisos agroambientales por las Entidades de Certificación establecidos en la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
Quinto. Importe máximo por beneficiario.
El obtenido como consecuencia de la aplicación de lo dispuesto en los Reglamentos de la UE sectoriales, Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y ganadería y otros regímenes de ayuda, así como la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural y las citadas Órdenes del apartado cuarto del presente extracto.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril, ambos inclusive, todo ello sin perjuicio de las modificaciones que pudieran establecerse en la normativa básica en función de las circunstancias de cada campaña.
El plazo de presentación de las alegaciones al SIGPAC, se iniciará el 1 de febrero, y finalizará a fecha fin de plazo de modificación de la solicitud única. En el caso de que se modificara el plazo de presentación de la Solicitud Única previsto en el artículo 95.2 de Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, se considerarán presentadas las solicitudes de modificación que hayan tenido entrada en los 25 días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo establecido.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en las bases reguladoras y en la página web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
Sevilla, 23 de enero de 2020.- La Directora General de Ayudas Directas y de Mercados, María Consolación Vera Sánchez.
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