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Mediante el Real Decreto 1752/1984, de 1 de agosto, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Andalucía de las funciones y servicios del Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO) de la Seguridad Social, se traspasa el uso de un inmueble, sito en C/ Daoiz, núm. 1, de Trebujena (Cádiz).
El citado inmueble, con referencia catastral 1743405QA5814S0001DR, consta anotado en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (IGBD) con el núm. 2000001461, adscrito a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
La Consejería competente en materia de asuntos sociales, dado que el inmueble no se encuentra en uso, ni se tiene prevista su utilización, ha propuesto la desafectación y posterior retrocesión a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social, del inmueble de referencia.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 104.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, los bienes inmuebles del patrimonio de la Seguridad Social adscritos a otras administraciones o entidades de derecho público, salvo que otra cosa se establezca en el acuerdo de traspaso o en base al mismo, revertirán a la Tesorería General de la Seguridad Social en el caso de no uso o cambio de destino para el que se adscribieron, conforme a lo dispuesto en la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Por lo expuesto, y como acto previo a su retrocesión, mediante Acta de Desafectación Tácita de 17 de junio de 2020, de la Dirección General de Patrimonio de la entonces Consejería de Hacienda, Industria y Energía, se acordó la desafectación del referido inmueble conforme a lo dispuesto en el artículo 51 en relación con el artículo 61 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Financiación Europea, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 13 de octubre de 2020,
ACUERDA
Primero. Acceder a la retrocesión a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social del local, sito en C/ Daoiz, núm. 1, de Trebujena (Cádiz), anotado en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (IGBD) con el núm. 2000001461, adscrito a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación y referencia catastral 1743405QA5814S0001DR.
Segundo. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la retrocesión del inmueble descrito en el apartado primero a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Tercero. Por la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente acuerdo.
Sevilla, 13 de octubre de 2020
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
JUAN BRAVO BAENA | |
Consejero de Hacienda y Financiación Europea |