Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 03/02/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 24 de octubre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Málaga, dimanante de autos núm. 99/2018. (PP. 3040/2019).

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NIG: 2906742120180002009.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 99/2018. Negociado: 09.

E D I C T O

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 99/2018, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm Cuatro de Málaga en el que son parte Sareb e ignorados ocupantes Plaza de Toros Vieja, núm. 7, esc. 2, 3.º C, Málaga, se ha dictado sentencia núm. 69/19, de fecha dieciocho de marzo de dos mil diecinueve, notificándose a ignorados ocupantes Plaza de Toros Vieja, núm. 7, esc. 2, 3.º C, Málaga, haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse dentro de los veinte días siguientes a su notificación y del que conocerá la Audiencia Provincial de Málaga, indicando a las partes la necesidad de constitución de depósito para recurrir por importe de 50 euros, mediante consignación en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado 2936 0000 00 009918, advirtiéndoles que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido se extiende para que sirva de cédula de notificación a dicho demandado debiendo dirigirse a este Juzgado para conocer el contenido íntegro de la sentencia y ello en aplicación de los arts. 236 de la LOPJ y 212 de la LEC.

Málaga, a veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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