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Aprobado el expediente de expropiación, de los terrenos necesarios para la ejecución de la obra que se detalla, en el término municipal reseñado en el anexo de este anuncio, y una vez hecho efectivo el libramiento para el pago, esta Delegación Territorial procede a dar publicad a los titulares de derechos en el expediente de expropiación que se señala, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cohonestado con el artículo 48 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, modificado por disposición adicional 10 de la Ley 21/1986, de 23 de diciembre.
Para el percibo de las cantidades que les correspondan mediante transferencia bancaria, y al amparo del artículo 48.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, y de los artículos 52 y siguientes del Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria, habrán de presentar en un plazo de 15 días, desde que se haga efectiva la Notificación, la documentación que se detalla a continuación en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, comunicándose a estos efectos que el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía está accesible en la siguiente sede electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos(.fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/servicios.html
1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia bancaria. Cuando fueren varios titulares, podrán solicitar conjuntamente que el abono íntegro del precio se ingrese en una única cuenta, o en una cuenta de cada propietario, indicando la cantidad que le corresponde a cada uno.
2. Acreditar su personalidad (DNI, NIE, o pasaporte y adjuntar fotocopia del mismo).
3. De actuar mediante representación, ésta deberá ser con documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho (original del Poder Notarial o Poder «Apud Acta», otorgado ante Secretaria/o del Ayuntamiento o ante la Secretaria General Provincial y de Recursos Comunes de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Almería. Y también deberán aportar fotocopia de dicho poder así como fotocopia del DNI del representante.
4. En el supuesto de personas jurídicas deberá aportarse CIF y copia compulsada de la escritura de constitución, así como DNI del representante legal, y acreditación de su nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.
5. Nota simple (original o fotocopia compulsada) del Registro de la Propiedad, o, en su defecto, título justificativo de su derecho completado con certificaciones negativas del Registro de la Propiedad referidas a la misma finca.
6. En el supuesto de que la finca esté hipotecada o embargada deberán aportar autorización o conformidad del acreedor para poder cobrar la cantidad correspondiente.
7. Certificado bancario original con el sello original de la entidad bancaria, con el IBAN y los 20 dígitos de la cuenta en la que deberán ser titulares todos y cada uno de los beneficiarios de dicho pago.
De no presentar la documentación solicitada, el importe del depósito previo, será depositado en la Caja General de Depósitos del Servicio de Tesorería de la Delegación del Gobierno en Almería, hasta su comparecencia en esta Delegación Territorial con la documentación solicitada y posterior comprobación de la titularidad, circunstancia que será notificada al interesado o interesada.
En el supuesto de que algún titular expropiado (persona física) desee cobrar mediante cheque nominativo, deberá solicitarlo de forma expresa mediante escrito dirigido a la Delegación Territorial.
Al mismo tiempo se hace público este acto para que, si existieran terceras personas que se considerasen con mejor derecho al percibo de las indemnizaciones, puedan comparecer en la Delegación Territorial y formular la reclamación que a su derecho convenga, para lo cual deberán ir provistos de los documentos en que fundamenten su intervención, previa solicitud de cita previa.
ANEXO I
Expediente de Depósitos Previos Remesa núm. 3. Obra: Desdoblamiento en la carretera A-352 (antigua A-1200) de Vera a Garrucha. Tramo p.k. 8+200 al p.k. 12+200 (Almería). Clave: 03-AL-1396-M.1-0.0-ON.
FINCA NÚM. | POL. NÚM. | PARC. NÚM.. | TITULAR | MUNICIPIO | DEPÓSITOS PREVIOS REMESA NÚM. |
41-C | 7 | 91 | FERNÁNDEZ JEAN o quien resulte serlo | VERA | 3 |
Almería, 28 de octubre de 2020.- La Delegada, Eloísa M.ª Cabrera Carmona.
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