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Expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de urgencia de los bienes y derechos afectados por las obras de emergencia del Proyecto: «Actuación de emergencia para la mejora de la seguridad vial en la Carretera A-334, entre los pp.kk. 20+850 y 59+500. Términos municipales de Alcóntar, Serón, Tíjola, Armuña del Almanzora, Purchena, Olula del Río y Fines (Almería)».
Clave: 01AL-1845-0.0-0.0-OE. Término municipal: Tíjola.
E D I C T O
Aprobado el proyecto de referencia, el día 8 de enero de 2020 por el Director General de Infraestructuras de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio (P.D. de la Consejera, Resolución de 25 de febrero de 2019), y estando implícita la declaración de urgente ocupación en el mismo, a tenor de lo dispuesto en el art. 54.6 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía, dispone que cuando el uso y ocupación de la zona de servidumbre legal no fuese temporal sino permanente, la aprobación por parte de la Administración del correspondiente proyecto y de sus incidencias o la declaración de emergencia de las obras implicará, a efectos de la expropiación forzosa, la declaración de utilidad pública, necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos correspondientes, así como, en su caso, la urgencia de la ocupación.y la tramitación del correspondiente expediente, según el procedimiento especial previsto para estos casos, en el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Esta Delegación Territorial, en consecuencia y por orden del Director General de Infraestructuras de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de fecha 29 de octubre de 2020, ha resuelto convocar al titular de los bienes y derechos afectados, para que comparezca en el Ayuntamiento de Tíjola, en el día y hora que se indica en la relación adjunta, a fin de trasladarse al terreno, cuando fuere necesario, y levantar el Acta de los bienes afectados en las finca una vez realizada la ocupación, con motivo de las obras de emergencia referenciada, en la que se harán constar el bien o derecho expropiable, su titular y demás datos y manifestaciones que aporte el presente, en orden a la valoración de los derechos y perjuicios que se causen por la rápida ocupación.
Según el art. 56.2 del REF, el interesado, así como las personas con derechos e intereses económicos directos sobre los bienes afectados que se hayan podido omitir en la relación adjunta, podrán formular por escrito ante esta Delegación Territorial hasta el día señalado para el levantamiento del Acta de los bienes afectados en la finca una vez realizada la ocupación, alegaciones a los efectos sólo de subsanar posibles errores u omisiones, pudiendo examinar el plano parcelario y demás documentación en la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación Territorialde, Cultura y Patrimonio Histórico la Junta de Andalucía en Almería, sita en Hermanos Machado, núm. 4, 5.ª planta, 04071 Almería.
Asimismo se ha constar que, a tenor de lo previsto en el art. 45 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el apartado 2.º del art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el presente anuncio servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos respecto de quienes sea ignorado su paradero.
A este acto deben acudir todos los interesados en el derecho afectado, por sí mismos o por medio de representante debidamente autorizado, a juicio del representante de la Administración, portando la siguiente documentación:
1. Acreditación de su personalidad (DNI, NIE, o pasaporte) y adjuntar fotocopia.
2. Original del título de propiedad debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad (Escritura Pública y Nota Simple actualizada), referente a la finca afectada así como fotocopia de la misma.
3. De actuar mediante representación, ésta deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna (Poder Notarial; documento privado con firma legalizada notarialmente; o Poder «Apud Acta», otorgado por comparecencia personal ante el Secretaria/o del Ayuntamiento o ante la Secretaria General Provincial y de Recursos Comunes de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Almería). Dicho poder deberá ser original y adjuntar fotocopia del mismo.
4. Si es su deseo, pueden hacerse acompañar, a su costa, de Notario y Perito.
Almería, 4 de noviembre de 2020.- La Delegada, Eloísa M.ª Cabrera Carmona.
ANEXO I
Citado para el día 24 de noviembre de 2020, en el Ayuntamiento de Tíjola, a las 10:30 horas
FINCA | POL. | PARC. | TITULAR | SUPERFICIES (m²) | REFERENCIA CATASTRAL | VUELO | T.M. | |
Núm. 1 | 6 | 49 | Reina Pallarés, Emilio | TOTAL 4.806 |
OCUPADA 698 |
04092A006000490000G0 | 1 Higuera | TÍJOLA |