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NIG: 2104142120190008865.
Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 1042/2019. Negociado: bv.
Sobre: Posesión (arts. 430-466 CC).
De: Buildingcenter, S.A.U.
Procurador Sr.: Mauricio Gordillo Alcalá.
Contra: Ignorados Ocupantes Avenida de las Flores, núm. 6, portal 2, planta 1.ª, puerta B, y Sr. José Manuel Rodríguez Moya.
EDICTO
En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 1042/2019 seguido a instancia de Buildingcenter, S.A.U., frente a Ignorados Ocupantes Avenida de las Flores, núm. 6, portal 2, planta 1.ª, puerta B, y don José Manuel Rodríguez Moya, se ha dictado sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Vistos por mí, doña Susana Caballero Valentín, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Huelva, los presentes autos de Juicio Verbal núm. 1042/2019 sobre desahucio por precario y siendo parte demandante Buildingcenter, S.A.U., representado por el Procurador de los Tribunales Mauricio Gordillo Alcalá y asistido del Letrado Montero Aramburu, contra Ignorados Ocupantes y José Manuel Rodríguez Moya, procedo a dictar en nombre de S.M. El Rey la siguiente resolución, con base a los siguientes
FALLO
Que en la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales, Mauricio Gordillo Alcalá, en nombre y representación de Buildingcenter, S.A.U., contra Ignorados Ocupantes Avenida de las Flores, núm. 6, portal 2, planta 1.ª, puerta B, y José Manuel Rodríguez Moya.
1. Estimo íntegramente la demanda rectora de la presente litis y en consecuencia declaro haber lugar al desahucio, por precario de la demandada, condenando a la misma a que desaloje y ponga a disposición de la actora la finca urbana vivienda sita en Huelva, calle Avenida de las Flores, núm. 6, portal 2, planta 1.ª, puerta B, con apercibimiento de lanzamiento en caso de no verificarlo en el plazo legal.
2. Condeno a la parte demandada al pago de las costas causadas en esta instancia.
Infórmese asimismo a la parte demandada que conforme al artículo 150.4 de la LEC, en caso de estar interesado, puede prestar para su consentimiento, para que por el Juzgado se dé traslado a los Servicios Públicos competentes en materia de política social, Sistema Andaluz de Información y Asesoramiento Integral en Materia de Desahucios, por si procediera su actuación. También podrá ponerse en contacto directamente con tal servicio en la siguiente dirección: Avenida de la Ría, 8-10, plantas 5 y 7, 21071 Huelva, Centro de Atención a la Ciudadanía (cita previa): Tel.: 959 526 402/ 959 526 400. Fax: 959 526 399.
email: said.huelva.cfv@juntadeandalucia.es; dt.huelva.cfv@juntadeandalucia.es
Y encontrándose dicho demandado, Ignorados Ocupantes Avenida de las Flores, núm. 6, portal 2, planta 1.ª, puerta B, y José Manuel Rodríguez Moya, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
En Huelva, a trece de octubre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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