Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 237 de 10/12/2020

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Ayuntamientos

Anuncio de 27 de noviembre de 2020, del Ayuntamiento de Cortes y Graena, sobre aprobación inicial de la Innovación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cortes y Graena, para modificar el Título IV «Régimen del Suelo No Urbanizable» como consecuencia de la no inclusión en el Portal de la Transparencia. (PP. 2934/2020).

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El Ayuntamiento de Cortes y Graena, en la sesión celebrada el 13 de marzo de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

Punto segundo. Aprobación inicial Innovación NN.SS. en Suelo No Urbanizable. Visto el expediente relativo a la Innovación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cortes y Graena, para modificar el Título IV «Régimen del Suelo No Urbanizable».

Visto el informe de Secretaría General de fecha 11 de marzo de 2020.

Vistos los artículos 26 y ss. de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y los artículos 22.1.c) y 47.2.ll) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, por unanimidad de los miembros de la Corporación, lo que supone la mayoría absoluta, se acuerda:

Primero. Aprobar inicialmente la Innovación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cortes y Graena, para modificar el Título IV «Régimen del Suelo No Urbanizable» al presente acuerdo, incluyendo Informe de Impacto en la Salud, así como aprobar inicialmente el Estudio Ambiental Estratégico, y el resumen no técnico de dicho estudio en los términos que obran en el expediente.

Segundo. Abrir un período de información pública durante cuarenta y cinco días, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección: https://www.cortesygraena.es) a efectos de publicidad activa y a consultas de las Administraciones afectadas, así como de las personas interesadas. Durante dicho período quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo.

Tercero. Practicar, de forma simultánea, comunicación a los órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos con relevancia o incidencia territorial, para que, si lo estiman pertinente, puedan comparecer en el procedimiento y hacer valer las exigencias que deriven de dichos intereses.

Cuarto. Suspender por el plazo de un año el otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas para las áreas en las que las nuevas determinaciones previstas supongan modificación del régimen urbanístico vigente,

Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con el art 32.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre de (LOUA), y art. 38 de la Ley 7/2007, de 9 de julio (GICA).

Cortes y Graena, 27 de noviembre de 2020.- La Secretaria-Interventora, Guillermina López-Ocón Cabrera.

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