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Al haber resultado infructuosa la notificación en el expediente sancionador que se cita, en virtud de lo dispuesto en los artículos 42.2, 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el presente anuncio se notifica al interesado acuerdo de levantamiento de la suspensión y apertura del trámite de audiencia.
Acuerdo de Levantamiento de Suspensión del Ilmo. Sr. Delegado Territorial, de fecha 27 de octubre de 2020, por el que se dispone levantar la suspensión acordada en el expediente sancionador 740/2017/S/CO/31 y acta I142017000012045.
Visto el expediente sancionador núm. 740/2017/S/CO/31, incoado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, mediante levantamiento de acta de infracción núm. I142017000012045, a la entidad Embutidos y Precocinados Navazuelo, S.L., por posible incumplimiento de la normativa laboral en materia de prevención de riesgos laborales, cuya tramitación se halla suspendida mediante Acuerdo de fecha 18 de abril de 2017, y visto el oficio remitido por el Juzgado de Io Penal núm. Cinco de Córdoba, donde se comunica el dictado de sentencia firme de la Causa Juicio Oral 17/2018, se dispone levantar la suspensión y reanudar el procedimiento.
El expediente puede ser consultado en el Servicio de Administración Laboral, sito en Avda. Gran Capitán, núm. 12, 3.ª planta, de Córdoba, debiendo la persona física que comparezca acreditar fehacientemente la representación mediante cualquier medio válido en derecho.
Órgano que lo dicta: Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Córdoba.
Córdoba, 30 de noviembre de 2020.- El Delegado, Ángel Herrador Leiva.
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