Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 241 de 16/12/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 29 de octubre de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Jaén, dimanante de autos núm. 960/2019. (PP. 2823/2020).

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NIG: 2305042120190007639.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 960/2019. Negociado: A1.

Sobre: Indemnización de daños y perjuicios.

De: Encarnación López Pérez.

Procuradora: Sra. María Elisa Marín Espejo.

Contra: Timón Dental, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 960/2019 seguido en el Juzgado de Primera Instancia Núm. Uno de Jaén a instancia de Encarnación López Pérez contra Timón Dental, S.L., sobre indemnización de daños y perjuicios, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 97/20

En Jaén, a 9 de junio 2020.

Don Antonio Uceda Molina, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Núm. Uno de esta ciudad y su partido judicial, ha examinado los autos de Juicio Verbal, seguidos en este Juzgado bajo el núm. 960/2019, entre partes, de una y como demandante, la Procuradora doña Elisa Marín Espejo actuando en nombre y representación de doña Encarnación López Pérez bajo la defensa técnica de doña Rocío Palomino González, y de otra, como demandada la entidad Timón Dental, S.L., declarada en rebeldía procesal.

Quedando el fallo a disposición de los interesados en la Secretaría de este Juzgado

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Timón Dental, S.L., extiendo y firmo la presente en Jaén, a veintinueve de octubre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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