Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 18/12/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 13 de febrero de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Algeciras, dimanante de autos núm. 550/2018. (PP. 2350/2020).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00179175.

NIG: 1100442120180002565.

Procedimiento: Juicio Verbal (Efec.dcho reales inscritos-250.1.7) 550/2018. Negociado: JA.

Sobre: Propiedad.

De: BBVA RMBS 2 Fondo de Titulación de Activos.

Procurador: Sr. Miguel del Valle Macías.

Letrado: Sr. Javier Bernal Martínez.

Contra: Desconocido ocupante C/ Benito Daza, 16, bajo, y Samara del Carmen Ordóñez  Alarcón.

Procuradora: Sra. Laura Isabel Sánchez González.

Edicto

Se ha dictado resolución en el presente procedimiento:

Procedimiento: Juicio Verbal (Efec. dcho reales inscritos-250.1.7) 550/2018.

Resolución dictada: Sentencia.

Juzgado donde los interesados pueden tener conocimiento del contenido íntegro de la resolución:

Juzgado de Primera Instancia núm. Tres Algeciras (Cádiz).

Plaza de la Constitución, s/n.

11201 Algeciras (Cádiz).

Recurso que cabe: Apelación.

Se expide el presente a fin de notificar a los interesados y en concreto a desconocido ocupante C/ Benito Daza, 16, bajo, conforme a lo previsto en la Instrucción 6/2012, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

Algeciras, a 13 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Camacho Cano.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedido ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF